O mejor dicho, a partir de mañana. La entrada en vigor del nuevo plan Visión Cero de la Unión Europea sentará un nuevo precedente en materia de seguridad vial a través de la implantación de una serie de sistemas de asistencia en carretera, conocidos también como ADAS. Esta normativa está destinada a reducir el número de accidentes con el uso combinado de soluciones de seguridad activas y pasivas. De hecho, el objetivo de la Comisión es reducir la cifra de accidentes de tráfico a cero en el año 2050. Pero, ¿cuáles son estos sistemas de obligada instalación? ¿Se aplica a los coches que ya está circulando por las calles? ¿Y si compramos un vehículo que cuya fecha de homologación es anterior a la entrada en vigor de la nueva normativa? Lo vemos.
Estos son los ocho sistemas que debe tener tu coche nuevo
Ni uno, ni dos, ni tres: ocho son los sistemas que la Normativa Europea obliga a instalar en todos aquellos vehículos que se homologuen a partir del 1 de julio. El primero recibe el nombre de EDR, que no es ni más ni menos que un dispositivo que graba los datos de suceso (Event Data Recorder, por sus siglas en inglés) cuando el vehículo sufre un accidente. Su funcionamiento es muy similar al de la caja negra de un avión, ya que es capaz de registrar parámetros como la velocidad del vehículo, el uso de los pedales, el régimen de marchas o el funcionamiento de los sistemas de seguridad. Eso sí, a diferencia del primero, no captará grabaciones ni material gráfico de ningún tipo, como imágenes, vídeos o conversaciones de voz.
El siguiente elemento que cita la normativa está relacionado con los sistemas de aviso del uso del cinturón, tanto en las plazas delanteras como en las traseras. Hasta ahora, la mayoría de soluciones desarrolladas por los fabricantes solo extendían la obligación a las plazas delanteras. Desde mañana mismo, las alertas también irán destinadas a aquellos pasajeros que viajen en la parte posterior del vehículo.
El tercer sistema que se incluye en el nuevo paquete de medidas se corresponde con los sensores de somnolencia y fatiga, los cuales permiten detectar el nivel del cansancio del conductor a través de diferentes cámaras y algoritmos que analizan la frecuencia de parpadeos y el comportamiento general en la conducción, como la posición de la cabeza o el giro del volante. El alcoholímetro es otro de los elementos de obligada instalación en todos aquellos vehículos de categoría M2 y M3 y N2 y N3 que ya cuenten con un sistema homologado, que por lo general se suelen corresponden con turismos de transporte de mercancías de más de tres toneladas y media y transporte de pasajeros con más de ocho plazas.
Los cuatro sistemas restantes afectan directamente a la circulación activa del vehículo. Uno de ellos recibe el nombre de ISA y cumple con las funciones de un sistema de velocidad inteligente al uso. Este sistema combina las funciones del control de crucero adaptativo con los sistemas de reconocimiento de señales para adaptar la velocidad del vehículo a la máxima permitirá por la vía. Su uso se combina, a su vez, con el sistema de alerta de cambio de carril involuntario, que avisará al conductor mediante una serie de alertas, tanto sonoras y luminosidad como con impulsos en el volante, si las cámaras detectan un acercamiento a las líneas que delimitan el carril.
La penúltimo solución llega de la mano de un sistema de frenada de emergencia, también conocido como BAS, que frena el vehículo con la máxima fuerza de manera automática cuando los sensores detectan que nos encontramos ante una reacción de emergencia. En este caso, el sistema analizará los datos de velocidad y rapidez de frenada para aumentar la pegada de los frenos con el objetivo de detener el turismo en el menor tiempo posible.
El octavo y último sistema de seguridad no es ni más ni menos que una cámara de visión trasera, que se activará cuando se activa la marcha reversa, es decir, la marcha atrás, para la detección de obstáculos de difícil visión. Este sistema deberá contar, a su vez, con un sistema de alertas activo, de manera que se generarán avisos acústicos si se detectan obstáculos en el camino. En este sentido, las diferencias con las soluciones actuales son prácticamente inexistentes, aunque la obligación se extiende al propio componente, por lo que se entiende que no podrá ser suplido únicamente con sensores ultrasónicos.
¿Es obligatorio en los vehículos que han sido adquiridos antes del 1 de julio?
Por suerte, esta medida no se aplicará con carácter retroactivo, por lo que su implantación solo será obligatoria en aquellos vehículos que se homologuen a partir del 1 de julio. Es decir, si hemos adquirido un vehículo en una fecha posterior a la entrada en vigor de la nueva normativa y este ha sido homologado con anterioridad, no será necesaria la instalación de los nuevos sistemas de seguridad.
Lo mismo sucede con el resto de vehículos que ya circulen. Por otro lado, elementos como alcoholímetro solo será obligatorios en las categorías de turismos que hemos mencionado anteriormente, aunque no de descarta que su instalación se vaya imponiendo con el paso del tiempo en el resto del parque móvil. Habrá que ver si suponen un encarecimiento de los precios; eso sí, todos estos sistemas deberán estar integrados de serie en el vehículo, en tanto que los fabricantes no podrán ofrecerlos como extras, a diferencia de como se venía haciendo hasta la fecha.
Esta es una de las razones por las que, quizá, los usuarios podrían aplazar la compra de un coche hasta la segunda mitad de este año, que es cuando se comenzarán a comercializar todos aquellos vehículos que se homologuen a partir de la entrada en vigor, como el nuevo Peugeot 408.