
Ha empezado el año. Y hay que ponerse las pilas con el papeleo, los impuestos y en general, nuestras obligaciones tributarias. Autónomos y empresarios ya han tenido que ponerse manos a la obra desde este mismo mes de enero, con la presentación de los adelantos del IRPF y el IVA anual.
En menos de lo que canta un gallo, tendremos que ponernos a preparar la Declaración de la Renta 2017. Este año no se avecinan tantos cambios como en los años anteriores. Pero lo cierto es que existen distintas novedades que conviene tener en cuenta. Y que te permitirÔn resolver cuanto antes el asunto de la declaración.
En este artĆĀculo tienes un resumen de todo lo que debes saber de la Declaración de la Renta 2017, incluyendo el calendario y los principales cambios. Si quieres empezar a ponerte al dĆĀa, echa un vistazo a todas las informaciones que te detallamos a continuación.

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Calendario para la Declaración de la Renta 2017
Si tienes que presentar la declaración de la renta este aƱo, es preciso que tengas bien claras las fechas. Un descuido, aunque sea de un dĆĀa, puede traerte serios problemas con la Agencia Tributaria. El calendario que debes tener bien claro es el siguiente:
- 4 de abril de 2018 –Ā Inicio de la campaƱa deĀ la Renta 2017
- 4 de abril de 2018 –Ā Primer dĆĀa para presentar el borrador de la Renta 2017
- Primera semana mayo de 2018 – Primer dĆĀa para solicitar la Cita Previa
- Segunda semana de mayo de 2018 –Ā Inicio de la atención presencial en oficinas
- 27 de junio de 2018 –Ā Plazo mĆ”ximoĀ paraĀ presentarĀ la declaración anual 2017 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
- 27 de junio de 2018 –Ā Ćltimo dĆĀa de la declaración de la Renta
- 2 de julio de 2018 – Plazo mĆ”ximo para declaracionesĀ con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar con domiciliación del primer plazo.
Si eres de los que prefieren tenerlo todo solucionado lo antes posible, puedes solicitar el borrador desde el 4 de abril de 2018. Y hacerlo por vĆĀa telemĆ”tica, como suele ser habitual cada aƱo. Si tu declaración es sencilla y estĆ”s de acuerdo con la información que la Agencia Tributaria tiene sobre tu aƱo 2017, podrĆ”s presentar el borrador durante esa misma jornada.
Si no vas a realizar ningĆŗn cambio en el borrador, tienes mĆ”s probabilidades de recibir pronto tu devolución. Esto si el resultado de la declaración es a devolver. Puesto que la Agencia Tributaria tendrĆ” que hacer menos comprobaciones.Ā
En el caso de que necesites o prefieras hacer la declaración presencialmente, tendrÔs que esperar un poco mÔs. Porque la Agencia Tributaria no abrirÔ la solicitud de cita previa hasta la primera semana de mayo de 2018. Y serÔ desde la semana siguiente cuando empezarÔ a darse cita, para que los contribuyentes puedan acudir a las oficinas a realizar las gestiones que correspondan.
Respecto a la fecha final de la declaración, este aƱo serĆ” el 27 de junio. Tres dĆĀas antes del 30, que solĆĀa ser la fecha habitual. Hasta entonces, tienes tiempo para presentar tu Declaración de la Renta 2017. Ya sea por la vĆĀa telemĆ”tica o de manera presencial.

Cambios y novedades para la Declaración de la Renta 2017
Con cada nueva campaña de la Renta 2017, la Agencia Tributaria anuncia una serie novedades. Tanto relacionadas con los asuntos fiscales, como con la manera de presentar la declaración. O los mecanismos con los que esto serÔ posible. El año pasado, por ejemplo, vivimos la desaparición del famoso programa PADRE y dimos la bienvenida al nuevo sistema Renta Web, que esta campaña seguirÔ vigente.
De momento, lo que se sabe hasta la fecha es lo siguiente.
- Plazo de presentación hasta el 2 de julio. Es un cambio importante, que estarÔ operativo para todos aquellos contribuyentes cuyas declaraciones hayan salido con resultado a devolver, renuncien a la devolución, en negativo y a ingresar con domiciliación del primer plazo. Para el resto, el plazo mÔximo seguirÔ siendo el 27 de junio.
- Creación de un nuevo anexo. Es el denominado Ā«CĀ», en que se incluirĆ” información importante para futuros ejercicios. Hasta ahora se incluĆĀa en otros apartados de la declaración. TambiĆ©n se incorpora un subapartado nuevo, dentro de la sección de ganancias y pĆ©rdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro.
- Posibilidad de solicitar la rectificación de autoliquidación del IRPF. Se podrÔ hacer a través de la declaración del impuesto, en el caso de que el contribuyente haya cometido algún tipo de error u omisión, en el caso de que el resultado sea el de una devolución a su favor.
- Para la obtención del número de referencia. Otro cambio importante es que para obtener el número de referencia del contribuyente para la declaración de este año, serÔ necesario introducir la fecha de caducidad del DNI.
Cómo solicitar el borrador de la Renta 2017
No es una opción que estĆ© activa todavĆĀa. Tal como te hemos indicado, la solicitud podrĆ” realizarse a partir del 4 de abril. A partir de ese momento, lo Ćŗnico que tendrĆ”s que hacer para descargar el borrador serĆ” acceder a la pĆ”gina web de la Agencia Tributaria.
Una vez dentro, tendrĆ”s que pulsar en el icono de la campaƱa de la Renta 2017. AparecerĆ” en los dĆĀas previos al inicio de la campaƱa, asĆĀ que no te preocupes si todavĆĀa no lo ves.
VerĆ”s que puedes realizar la solicitud a travĆ©s de distintos mecanismos: con nĆŗmero de referencia RENĆĖ, registrarse con la Cl@ve PINĀ o a travĆ©s del código de referencia. TendrĆ”s que pulsar sobre el botón Obtener NĆŗmero de Referencia y seguir los pasos de solicitud. Este es el nĆŗmero que te servirĆ” para hacer todas las gestiones.
El número de referencia es necesario para todos los trÔmites
Introducidos los datos, recibiremos un SMS con el número de referencia. Es posible que, como te indicÔbamos, este año también tengas que proporcionar la fecha de caducidad de tu DNI. También necesitarÔs el número de la casilla 450 de tu declaración de la Renta 2017.
En cualquier caso, al final obtendrÔs un número que te servirÔ para consultar, modificar y confirmar el borrador de la Renta 2017.





hola buenas tardes,el pasado mes de Octubre, se ha vendido una casa en Constantina (Sevilla) que era de seis personas y cada cual ha recibido 4111 ⬠una de ellas es mi esposa, que hacemos declaración conjunta todos los aƱos, mi salario anual del pasado curso 2016 fue de 30148,72 ⬠.con deducciones de 3225 ⬠en concepto de adquisición de vivienda,po contribución conjunta 3400⬠y por IRPF 5155 ā¬, me devolvieron 1423 ⬠. La referida casa se vendió en 25000 ⬠el valor catastral de la misma es de 13659,28 ā¬.Āæ En esta próxima declaración de renta, la cantidad recibida por mi seƱora habrĆ” que sumarla a mi salario de pensionista? y por lo tanto la devolución serĆ” mermada. aunque en la escritura pone que el valor de la casa pasa de los 29000 ā¬, y se ha vendido en 25000 ⬠es decir segĆŗn esto ha perdido mi seƱora el resultado de dividir 4000 ⬠(diferencia de 29000 y 25000 ā¬) entre seis hermanos. Les ruego me informen de esta cuestión y muchas gracias
Me ha parecido leer por algĆŗn medio que este aƱo, se adelantaba la opción de poder obtener el borrador de la declaración de la Renta del ejercicio 2017 al dĆa 15 de marzo de 2018, para poderlo analizar y/o modificar, con independencia de que la confirmación vĆa telemĆ”tica no se pueda llevar a cabo hasta el dĆa 04 de abril de 2018.
Es cierto esto?
Muchas gracias de antemano y reciban un cordial saludo.