Desaparece el programa PADRE. Ya le habíamos cogido hasta cariño. Hasta el año pasado lo usábamos para hacer la declaración de la renta. Pero los tiempos modernos han llegado a la Agencia Tributaria y a partir de ahora, habrá que rendir cuentas con el Estado a través del servicio Renta Web.
La próxima campaña de la Renta, en la que tendremos que declarar nuestros ingresos de 2016, se iniciará el próximo 5 de abril. Así, todos aquellos que quieran presentar su declaración por la vía telemática (sin colas ni esperas) podrán hacerlo desde esa fecha. Otra cosa será los que prefieran el sistema presencial. En ese caso, tendrán que aguardar hasta el 11 de mayo y pedir cita previa a los funcionarios de la Agencia Tributaria.
Principal novedad: desaparece el programa PADRE
Una de las principales novedades logísticas de este año es, sin duda, la desaparición del programa PADRE. El año pasado, la Agencia Tributaria estrenó la herramienta online Renta Web. Se trata de un servicio que no ha perdido vigencia y que, de hecho, será el único que nos servirá para presentar la declaración por Internet.
No obstante, el año pasado (para la campaña de la Renta 2015) el sistema Renta Web convivió con el programa PADRE. Solo pudo ser usado, eso sí, por los contribuyentes que declaraban actividades económicas: los autónomos. Así, aquellos que estaban acostumbrados al sistema antiguo lo tuvieron más fácil. El resto de ciudadanos ya probaron el funcionamiento de Renta Web.
La Agencia Tributaria se ahorrará tener que actualizar cada año el programa PADRE y hacer una versión para cada sistema operativo. Pero, ¿cómo funciona Renta Web? ¿Es un sistema más práctico? La respuesta es sí.
Renta Web, la declaración de la Renta desde el navegador
Este año todos pasaremos por el tubo. Autónomos, empresarios, trabajadores por cuenta ajena… Todos tendremos que hacer la declaración de la Renta a través de Renta Web. No hará falta descargar ningún programa y podremos acceder desde la propia página de la Agencia Tributaria.
Allí encontraremos un botón que reza Servicio tramitación borrador / declaración (Renta Web). Habrá que pulsar aquí para solicitar el borrador. Podremos hacerlo a través de varias vías: por SMS, con el sistema Cl@ve o con DNI electrónico. El sistema más sencillo es el primero. No obstante, debes tener en cuenta que no estará plenamente operativo hasta el 5 de abril.
A continuación, los datos del borrador quedarán subidos al programa y podremos empezar a gestionar las diferentes páginas de la declaración. Hay que modificar, rellenar y eliminar los datos que sean necesarios para que conste todo lo que Hacienda nos pide.
Al final habrá que confirmar e indicarle al sistema a qué cuenta quieres que te hagan el ingreso (si te sale a devolver) o cómo lo quieres abonar (si te ha salido a pagar). En realidad, verás que el sistema es muy parecido al entorno del programa PADRE. No te perderás en absoluto.
Consultar la devolución
Cuando hayas presentado la declaración (cuanto antes te quites ese peso de encima, mejor) tendrás la oportunidad de ir comprobando cómo avanzan los trámites. Desde la página de la Agencia Tributaria tienes una opción para consultar el estado de la devolución.
No obstante, si has introducido tu número de teléfono, también recibirás alertas al móvil. Así, cuando te ingresen la devolución lo sabrás directamente, sin tener que realizar ninguna consulta.
Ten en cuenta que la Agencia Tributaria tiene de plazo hasta el 31 de diciembre de 2017.