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Las prácticas de monopolí­sticas o de abuso de posición dominante acaba saliendo caras a veces en Europa. La Unión Europea acaba de anunciar la imposición de una multa a Microsoft por valor de 561 millones de euros. El motivo es haber incumplido un acuerdo vinculante, de cumplimiento obligatorio, que la compañí­a habí­a pactado con las autoridades europeas de defensa de la competencia en el año 2009. Los términos de dicho pacto obligaban a Microsoft a ofrecer a los consumidores europeos la posibilidad de usar otros navegadores alternativos a Internet Explorer cuando instalaban Windows como sistema operativo durante cinco años. Ese acuerdo poní­a fin a un expediente iniciado por la Comisión de Competencia de la UE por abuso de posición dominante de Microsoft en el mercado de los navegadores web.

Es la primera vez que la UE se ve compelida a imponer una sanción a una empresa por incumplir un acuerdo vinculante en un asunto de abuso de posición dominante. El Comisario de Competencia, Joaquí­n Almunia, ha explicado que esos “compromisos legales obligatorios sobre decisiones antimonopolio desempeñan un papel muy importante en su polí­tica de aplicación de la ley, porque facilitan soluciones rápida a problemas de competencia”. El incumplimiento supone una “infracción muy grave que debe ser sancionada en consonancia”, destaca Almunia. Las tareas de vigilancia sobre el cumplimiento de los acuerdos son unas de las que más recursos consumen para las autoridades de defensa de la competencia.

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En este caso, la UE, tras recibir quejas de consumidores, ha comprobado que Microsoft estuvo violando el acuerdo al que la propia compañí­a se habí­a comprometido desde mayo de 2011 hasta julio de 2012; durante esos catorce meses, más de 15 millones de usuarios europeos de Windows 7 Service Pack 1 no tuvieron la posibilidad de elegir un navegador alternativo a Internet Explorer. Microsoft ha reconocido los hechos en una declaración oficial donde la compañí­a admite toda la responsabilidad de “un error técnico que ha causado este problema” y se disculpa; aparte, añade que han tomado las medidas necesarias para “fortalecer el desarrollo de su software y otros procesos que ayuden a evitar este error (o cualquier otro similar) en el futuro”.

De todos modos, la cuantí­a de la multa (561 millones de euros), aunque disuasoria, todaví­a podrí­a haber sido mucho mayor, porque la UE puede imponer sanciones por importe de hasta el 10 por ciento de los ingresos mundiales anuales (eso rondarí­a los 4.000 millones de euros). La Comisión de Competencia de la UE ha aplicado como atenuante la cooperación de la compañí­a, que reconocí­a el fallo el año pasado y permití­a una auditoria externa para localizarlo.

Los analistas interpretan la imposición de esta multa a Microsoft como un aviso a navegantes dirigido a otros gigantes tecnológicos. Como Apple y su navegador Safari, pero sobre todo Google, que actualmente está negociando un acuerdo con la UE para cerrar un expediente por abuso de posición dominante en los mercados de las búsquedas en Internet y de la publicidad en lí­nea.

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