Desaparece el programa PADRE para ayudar en la Declaración de la Renta

Desaparece el programa PADRE. Ya le habí­amos cogido hasta cariño. Hasta el año pasado lo usÔbamos para hacer la declaración de la renta. Pero los tiempos modernos han llegado a la Agencia Tributaria y a partir de ahora, habrÔ que rendir cuentas con el Estado a través del servicio Renta Web.

La próxima campaña de la Renta, en la que tendremos que declarar nuestros ingresos de 2016, se iniciarÔ el próximo 5 de abril. Así­, todos aquellos que quieran presentar su declaración por la ví­a telemÔtica (sin colas ni esperas) podrÔn hacerlo desde esa fecha. Otra cosa serÔ los que prefieran el sistema presencial. En ese caso, tendrÔn que aguardar hasta el 11 de mayo y pedir cita previa a los funcionarios de la Agencia Tributaria.

renta web 2016

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Principal novedad: desaparece el programa PADRE

Una de las principales novedades logí­sticas de este año es, sin duda, la desaparición del programa PADRE. El año pasado, la Agencia Tributaria estrenó la herramienta online Renta Web. Se trata de un servicio que no ha perdido vigencia y que, de hecho, serÔ el único que nos servirÔ para presentar la declaración por Internet.

No obstante, el año pasado (para la campaña de la Renta 2015) el sistema Renta Web convivió con el programa PADRE. Solo pudo ser usado, eso sí­, por los contribuyentes que declaraban actividades económicas: los autónomos. Así­, aquellos que estaban acostumbrados al sistema antiguo lo tuvieron mÔs fÔcil. El resto de ciudadanos ya probaron el funcionamiento de Renta Web.

La Agencia Tributaria se ahorrarÔ tener que actualizar cada año el programa PADRE y hacer una versión para cada sistema operativo. Pero, ¿cómo funciona Renta Web? ¿Es un sistema mÔs prÔctico? La respuesta es sí­.

renta web

Renta Web, la declaración de la Renta desde el navegador

Este aƱo todos pasaremos por el tubo. Autónomos, empresarios, trabajadores por cuenta ajena… Todos tendremos que hacer la declaración de la Renta a travĆ©s de Renta Web. No harĆ” falta descargar ningĆŗn programa y podremos acceder desde la propia pĆ”gina de la Agencia Tributaria.

Allí­ encontraremos un botón que reza Servicio tramitación borrador / declaración (Renta Web). HabrÔ que pulsar aquí­ para solicitar el borrador. Podremos hacerlo a través de varias ví­as: por SMS, con el sistema Cl@ve o con DNI electrónico. El sistema mÔs sencillo es el primero. No obstante, debes tener en cuenta que no estarÔ plenamente operativo hasta el 5 de abril.

A continuación, los datos del borrador quedarÔn subidos al programa y podremos empezar a gestionar las diferentes pÔginas de la declaración. Hay que modificar, rellenar y eliminar los datos que sean necesarios para que conste todo lo que Hacienda nos pide.

Al final habrÔ que confirmar e indicarle al sistema a qué cuenta quieres que te hagan el ingreso (si te sale a devolver) o cómo lo quieres abonar (si te ha salido a pagar). En realidad, verÔs que el sistema es muy parecido al entorno del programa PADRE. No te perderÔs en absoluto.

Consultar la devolución

Cuando hayas presentado la declaración (cuanto antes te quites ese peso de encima, mejor) tendrÔs la oportunidad de ir comprobando cómo avanzan los trÔmites. Desde la pÔgina de la Agencia Tributaria tienes una opción para consultar el estado de la devolución.

No obstante, si has introducido tu número de teléfono, también recibirÔs alertas al móvil. Así­, cuando te ingresen la devolución lo sabrÔs directamente, sin tener que realizar ninguna consulta.

Ten en cuenta que la Agencia Tributaria tiene de plazo hasta el 31 de diciembre de 2017.