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Algo que a todos nos da un poco de miedo es vernos en la situación de tener que rectificar un borrador de la Renta en 2023 porque nos hemos equivocado en algo.

Y es que, aunque el borrador nos lo dé hecho la propia Agencia Tributaria, en el caso de que haya algún error en él seremos nosotros los que tendremos que asumir la posible sanción. Por lo tanto, aunque ya hayas presentado tu declaración, si luego te has dado cuenta de que hay algún error en ella es importante que hagas una rectificación antes de que acabe el plazo para su presentación.

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Rectificar un borrador de la Renta en 2023 a través de la web de la AEAT

La forma más sencilla de hacer la rectificación es a través de Internet. Simplemente tendrás que entrar en la web de la AEAT e identificarte igual que lo hiciste cuando entraste a ver tu borrador, mediante certificado digital, Cl@ve PIN o con la referencia de la declaración del año anterior.

Busca el expediente de la declaración que hiciste y verás como, en la sección Servicios Disponibles, aparece una opción llamada Modificar Declaración. Al pulsar sobre ella se iniciará la aplicación Renta Web en la que aparecerá una ventana en la que tendremos que seleccionar Modificar declaración presentada.

Al pulsar en este botón, volveremos a acceder al programa para hacer la declaración igual que cuando la hicimos por primera vez. Si la modificación va a suponer un menor ingreso o una mayor devolución, tendremos que elegir la opción Rectificación de la autoliquidación. Esta podrá realizarse cuando no se haya producido aún la devolución o cuando no hayan pasado 4 años desde la declaración.

Al marcar esta opción aparecerá una nueva ventana en la que tendremos que incluir el resultado a ingresar de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio 2022 (casilla 670) o bien el resultado a devolver (casilla 695) y el «Número de justificante de la autoliquidación» de la autoliquidación cuya rectificación se solicita. Además, también nos pedirá número de cuenta (IBAN) en el que queremos que se realice la devolución. Al pulsar en Aceptar, estaremos haciendo la rectificación.

En el caso de que la devolución sea menor de lo que teníamos en la declaración anterior y no nos la hayan efectuado todavía, tendremos que seleccionar Declaración complementaria. En este caso no tendremos que añadir más datos bancarios, por lo que solo con pulsar el botón Presentar habremos hecho la rectificación sin mayores complicaciones.

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Rectificar un borrador de la Renta en 2023 por teléfono

Si ya has metido la pata una vez con tu declaración y tienes miedo de volver a hacerlo mal, tienes la opción de pedir cita telefónica para que un agente de la Agencia Tributaria te haga los cambios que necesites por teléfono o te resuelva las dudas que puedas tener si quieres continuar haciendo tu declaración a través de Internet. Digamos que es un método intermedio entre hacerlo solo y acudir a la oficina.

Los números de teléfono a los que podemos llamar para resolver cualquier tipo de dudas relacionadas con nuestra Declaración de la Renta son el 91 553 00 71 o 901 22 33 44. La atención telefónica en estos números está disponible de Lunes a Viernes de 9 a 19 horas, hora peninsular. Ten en cuenta que en el momento en que llames a estos números no te atenderán directamente, sino que te darán cita para recibir una llamada telefónica en el momento en que alguno de los agentes esté disponible para ayudarte a corregir los errores.

Rectificar un borrador de la Renta en 2023 en persona

Si ya que te has equivocado una vez a la hora de hacer el borrador no te terminas de fiar de ti mismo para hacerlo de nuevo, la opción más acertada puede ser acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria y que un agente se siente contigo para realizar los cambios necesarios.

Pero no puedes acudir cuando quieras y esperar a que te la hagan. Para ello tendrás que pedir cita, utilizando alguno de los números de teléfono que hemos mencionado antes para pedir cita telefónica. Podrás elegir la oficina que quieras y el día que mejor te venga entre los que estén disponibles.

Eso sí, ten en cuentas que el plazo para pedir cita previa de manera presencial tendrá lugar entre el 25 de mayo y el 29 de junio, por lo que si has decidido acudir personalmente a la Agencia Tributaria para que te hagan la declaración no te quedará más remedio que esperar un poco. Pero a pesar de ello puede que sea la opción más segura si no terminas de aclararte con la solicitud a través de Internet.

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