casos en los que puedes librarte de hacer la declaracion de la renta presentar el borrador

La Agencia Tributaria ya ha abierto de manera oficial el plazo para presentar la Declaración de la renta de vía telefónica y a través de Internet desde el pasado 3 de mayo y 6 de abril respectivamente. A esperas de que el organismo público abra el plazo para presentar el borrador de manera presencial siguiendo con el calendario de 2022, son muchos los usuarios que se preguntan hasta cuándo se puede presentar la Declaración de la Renta y qué opciones existen para realizar pago si no sale a devolver. En este ocasión conoceremos la fecha límite para presentar la Renta 2021 y los método de pagos disponibles para rendir cuentas con la Hacienda pública.

Esta es la fecha límite que tienes para presentar la Declaración de la Renta en 2022

Si echamos un vistazo al calendario de la Agencia Tributaria que el organismo publica año tras año en su página web, podemos ver que la fecha límite para hacer la Declaración de la Renta de 2021 es el 30 de junio. En el caso de que el borrador nos salga a ingresar, la fecha límite que se impone es el 27 de junio de 2022. En este caso, los pagos a Hacienda deberán realizarse mediante domiciliación bancaria.

¿Qué sucede si presentamos la Declaración fuera de plazo? En este caso, la AEAT se reserva el derecho a aplicar penalizaciones y recargos que pueden variar en función de las cantidades no declaradas y la demora de tiempo desde que finaliza el plazo hasta que formalizamos el trámite. Por lo general, si el resultado de la Declaración sale a devolver y el trámite se realiza sin requerimiento previo de Hacienda, la penalización será de 100 euros. Si, por el contrario, el organismo público nos notifica la obligatoriedad de presentar la Declaración a través de un requerimiento legal, el importe será de 200 euros.

A estas penalizaciones hay que sumarles los plazos de demora que se aplican sobre estos, cuyo recargo va aumentando en función de los trimestres que se vayan sucediendo desde la fecha límite, como se puede apreciar en la siguiente tabla:

Periodo de demoraRecargo que se aplica
3 meses 5% 
6 meses 10% 
12 meses 15% 
Más de 12 meses 20% + 5% de intereses de demora

En este caso, las cantidades se calculan en función del resultado a pagar. Por ejemplo, si la cantidad adeudada es de 1.000 euros, tendremos que multiplicar esta cifra por el porcentaje que se corresponda con el periodo de demora. Durante los primeros tres meses, la cantidad adeudada sería de 1.050 euros, mientras que durante el segundo trimestre tendríamos que responder con 1.100 euros.

Estos son todos los métodos de pago disponibles de la Renta 2021

La AEAT no solo nos permite pagar deudas con Hacienda a través de diversos medios, también nos da la posibilidad de fraccionar el pago en dos veces. Así pues, podemos realizar el pago en una sola vez o bien fraccionarlo, si bien esta ocasión los pagos están limitados a la domiciliación bancaria.

Si queremos realizar el pago de una sola vez, podemos recurrir al pago en efectivo, mediante domiciliación bancaria o mediante adeudo. En caso de no poder afrontar la cantidad adeudada con dinero, siempre podremos responder con nuestro patrimonio personal, como la entrega de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español, la anotación en el sistema de cuenta corriente en materia tributaria o la extinción de compensación con créditos tributarios reconocidos.

Recibe nuestras noticias

De lunes a viernes mandamos un newsletter con los titulares del día a +4.000 suscriptores

I will never give away, trade or sell your email address. You can unsubscribe at any time.