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Ya está abierta la campaña para hacer la declaración de la renta. Y para muchas personas que se han introducido recientemente en el mundo de las criptomonedas, este es el primer año que tienen que enfrentarse a ella contando con Bitcoin o similares en su poder. Y la principal preocupación de muchos usuarios es si estas criptomonedas que tenemos hay que declaralas o no. La realidad es que, aunque en principio hay que declaralas como cualquier ingreso, hay algunos matices que debemos tener en cuenta para no tener problemas.

Cuándo hay que declarar las criptomonedas

Si has hecho una inversión en criptomonedas muy pequeñita no debes preocuparte por la declaración de la renta. Y es que el mínimo que debes poseer para que tengas la obligación de incluirlas en tu declaración son 1000 euros. Pero esta cifra no se refiere a las criptomonedas en sí, sino a las ganancias que hayas tenido con ellas. Es decir, si las criptomonedas que tengas no han generado rendimientos o no han se ha realizado ningún movimiento, no será necesario que las incluyas en tu declaración de la renta.

En el caso de que hayas tenido ganancias, el porcentaje de impuestos que deberás pagar por tus criptomonedas dependerá de la cantidad que hayas obtenido. Así, puedes oscilar entre el 19% si has obtenido hasta 6.000 euros y el 26% si tus ganancias han superado los 200.000 euros.

A efectos fiscales, las criptomonedas funcionan de manera parecida a las acciones y otras inversiones. Y como ellas, en el caso de que hayas obtenido ganancias gracias a ellas será imprescindible que pagues los impuestos correspondientes al hacer la declaración de la renta.

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Cómo incluir tus criptomonedas en la Declaración de la Renta

Dado el auge que han tenido las criptomonedas en los últimos años, la Agencia Tributaria ha creado una casilla específica para declararlas en el documento que tenemos que presentar para hacer nuestra Declaración de la Renta. Se trata de la nueva casilla 1626, para informar sobre Saldos en Monedas Virtuales.

Eso sí, dependiendo del tipo de movimiento que vayamos a realizar tendremos que declarar nuestros Bitcoins u otras criptomonedas en diferentes aparatados:

  • Ganancias y pérdidas por transmisión: por la compraventa y el intercambio de criptomonedas.
  • Rendimientos de capital: intereses, stacking y rendimientos generados por tener criptomonedas.
  • Ganancias y pérdidas sin transmisión: airdrops, referidos, premios y monedas que hayamos obtenido sin comprar directamente.
  • Actividad económica: minería, trading o compraventa para terceros.
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¿Qué pasa si no declaro mis Bitcoin?

Al igual que con cualquier otro activo que no declares, en el caso de que no declares los movimientos que hayas hecho con tus Bitcoin u otras criptomonedas te expones a una posible sanción por parte de la Agencia Tributaria. La ocultación de cada uno de los datos que hayamos omitido puede suponer una multa de hasta 5.000 euros, o incluso 10.000 euros si la omisión de estos datos fuese parcial o falsa.

Por lo tanto, si eres nuevo en esto de las criptomonedas es muy importante que te asegures de si tienes o no que incluirlas en tu declaración ya que, como suele ocurrir con todo lo que afecta a la Agencia Tributaria, cualquier pequeño error puede suponer un gran problema.

Recuerda también que el plazo para realizar tu Declaración de la Renta está abierto desde el pasado 6 de abril, y tienes en principio hasta el 30 de junio para realizarlo. Aunque probablemente la forma más cómoda de hacerla sea a través de Internet, si tienes alguna duda sobre tus Bitcoin o cualquier otro aspecto te recomendamos que pidas cita en la Agencia Tributaria para poder consultar lo que necesitas.

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