Como viene siendo habitual, Hacienda ha introducido con el nuevo año fiscal una serie de novedades que afectan a la Declaración de la Renta del último ejercicio fiscal, es decir, el ejercicio de 2020. De cara a 2021, el organismo ha presentado una serie de modelos que responden a las nuevas necesidades que nacen de las actividades económicas de los contribuyentes. Para arrojar algo de luz, hemos recopilado todas las novedades de la Declaración de la Renta 2021 introducidas por la Agencia Tributaria este año.
Indice de contenidos
Las 4 novedades de la Declaración de la Renta 2021
Cuatro han sido las novedades introducidas por el fisco este año en la Declaración de la Renta. A esto hay que sumarle la presentación de nuevos modelos de tributación, los cuales desgranaremos más adelante.
Declaraciones con ERTE: solo si se superan las cantidades mínimas
La aplicación del ERTE por las empresas ha supuesto la introducción de un nuevo pagador en la contribución de decenas de miles de contribuyentes, lo que podría suponer la obligatoriedad de rendir cuentas ante el fisco mediante la presentación de la Declaración de la Renta.
Hasta ahora, las declaraciones cuyos rendimientos del trabajo sumaban una cantidad igual o inferior a 14.000 euros con un único pagador estaban exentas de presentación. Al introducir un nuevo pagador, la Agencia Tributaria ha concedido que las declaraciones con dos pagadores quedarán exentas si no se superan los 22.000 euros por rendimientos del trabajo si, y solo si, el importe recibido por el segundo pagador no supera los 1.500 euros.
Los planes de pensiones y otros productos bancarios reducen las cantidades a deducir
Así es. En este caso, las cantidades que se pueden deducir a posteriori a los planes de pensiones y otros productos se reducen respecto al ejercicio del fiscal anterior. Los límites establecidos por la Agencia Tributaria son los siguientes:
- Las aportaciones personales a un plan de pensiones no pueden superar la cantidad de 2.000 euros.
- Las aportaciones personales a un plan de empresa no pueden superar la cantidad de 8.000 euros.
- Las aportaciones de un cónyuge a un plan de pensiones personal no pueden la cantidad de 1.000 euros.
- Las aportaciones a un plan de seguro privado de dependencia no pueden superar la cantidad de 2.000 euros.
Aumento del gravamen en las rentas de ahorro
Todas las rentas obtenidas a través de la venta de bienes, así como los depósitos bancarios y los intereses de cuentas bancarias, ahora suben el gravamen aplicado por tramo respecto al ejercicio fiscal anterior. Los tramos establecidos por Hacienda tras la nueva actualización quedan fijados de la siguiente manera:
- Rentas con base liquidable entre 0 y 6.000 euros: 19%.
- Rentas con base liquidable entre 6.000,01 y 50.000 euros: 21%.
- Rentas con base liquidable entre 50.000,01 y 200.000 euros: 23%.
- Rentas con base liquidable superior a 200.000 euros: 26% (nuevo tramo).
Y en las rentas generales
También se han introducido novedades en el gravamen de las rentas generales con la presentación de un nuevo tramo que afecta únicamente a las rentas que son superiores a los 300.000 euros. En este caso, el gravamen a aplicar será del 24,5%. Dentro de las rentas generales, recordemos, se encuentran los salarios, las rentas obtenidas del alquiler de un inmueble, los rendimientos obtenidos de la actividad profesional y empresarial, las indemnizaciones percibidas por entidades y los premios.
Nuevos modelos para presentar en la Declaración de la Renta 2021
Nada menos que siete modelos han sido los que ha presentado la Agencia Tributaria. Todos ellos, de obligada presentación, deberán formalizarse a lo largo del ejercicio fiscal de 2021.
Modelo 035
Declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes. De obligada presentación antes del inicio de las actividades económicas o bien cuando ya se han iniciado hasta el décimo día del mes siguiente a la fecha de inicio. Se podrá modificar hasta el décimo día del mes siguiente a fecha original de modificación. La baja tendrá que tramitarse al menos quince días antes del final del mes en activo o del trimestre anterior al que se pretenda dejar de acogerse al régimen.
Modelo 179
Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. El modelo se encuentra en fase de elaboración tras anularse por el Tribunal Supremo en la sentencia 1106/2020.
Modelo 234
Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal. De obligada presentación durante los 30 días naturales siguientes a la obligación de informar.
Modelo 235
Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables. De obligada presentación durante el mes natural siguiente a la finalización del trimestre natural en el que se haya obtenido la información que deba notificarse.
Modelo 369
Declaración – liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes. De obligada presentación hasta el último día del mes siguiente al mes o trimestre natural al que se refiera la declaración.
Modelo 420
Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. De obligada autoliquidación trimestral en los meses de abril, julio, octubre y enero. Excepcionalmente, la presentación e ingreso de la autoliquidación del primer trimestre del año 2021 se podrá efectuar en el plazo que comprende el 1 de julio hasta el 31 de julio de 2021.
Modelo 604
Impuesto sobre las Transacciones Financieras. De obligada presentación mensual del 10 al 20 del mes natural siguiente al periodo de liquidación mensual. Excepcionalmente, la presentación e ingreso de las autoliquidaciones de enero y febrero del año 2021 se podrán efectuar en el plazo que comprende el 10 de abrir hasta el 20 de abril de 2021.