vender animales por internet perros legal

Legalidad y ética no siempre van de la mano. Desde que las plataformas de compraventa irrumpieron en Internet, la venta de mascotas y animales en general se ha disparado hasta puntos insospechados. Solo en 2017, el sector del cuidado de mascotas facturó más de 36.500 millones de euros, según Fediaf. También en ese año, la población de gatos y perros en la Unión Europea superó los 74,7 y 66,3 millones. Detrás de estas cifras se mueve toda una industria que mercantiliza con mascotas y animales de compañía. En España, por ejemplo, la venta de animales de raza es popular entre páginas de segunda mano, como es el caso Vibbo. Pero, ¿es legal vender perros – y animales en general – por Internet? Veamos lo que dice la legislación actual?

tuexperto.com se desmarca de las políticas de uso de los diferentes portales de compraventa y no promueve la venta de animales por Internet.

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¿Se pueden vender perros y animales por Internet?

Según Legálitas, la actual normativa delega las competencias de la regulación de la venta de animales a las Comunidades Autónomas. Curiosamente, la legislación actual de la mayoría de Comunidades Autónomas considera la venta de animales como una actividad económica totalmente lícita y legal. Sí que se contemplan una serie de requisitos que los particulares deberán de cumplir para evitar ser sancionados por los respectivos organismos.

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La venta de animales en Vibbo está permitida.

La primera consideración se basa en la propia naturaleza de la venta. A pesar de que la venta entre particulares está permitida, la ley actual considera un negocio la venta habitual y continua de animales. En este caso, el vendedor deberá registrar su actividad económica dentro del correspondiente apartado del RETA (en caso de los trabajadores autónomos) y declarar los beneficios ante el fisco. La página web de PACMA también hace hincapié en que algunos municipios obligan a los vendedores a tener un número de identificación y a cumplir una serie de requisitos (declaración censal, registro de animales…).

Otra de las consideraciones que introduce la ley actual tiene que ver con la propia cría de los animales. En ciudades como Barcelona, por ejemplo, la venta de gatos y perros de menos de 8 semanas de vida está totalmente prohibida, ya que se considera que no pueden ser separados de las madres. También en Barcelona se obliga a esterilizar a los animales o entregarlos con una prescripción de esterilización, además de que deberán ser entregados con las condiciones de higiene y seguridad adecuadas, según Legálitas.

La última consideración que debemos de tener en cuenta está relacionada con la exoticidad de los animales y las especies invasoras. En este caso, solo los centros autorizados puede comercializar con este tipo de especies. La venta no autorizada de especies animales y vegetales invasoras puede ser penada con multas de 3.000 euros.

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Como acabamos de ver, la venta de animales entre particulares deberá cumplir con una serie de requisitos para ser legal. Ante la sospecha de que la venta de animales se realice de forma continuada y/o habitual, la página oficial de PACMA sugiere denunciar el caso ante la Agencia Tributaria por tratarse de una actividad económica no declarada.

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En Wallapop, la venta de mascotas o animales de compañía está totalmente prohibida.

Desde el punto de vista legal, el propio partido animalista también recomienda revisar la legislación local para comprobar si existe algún tipo de regulación sobre la venta de animales entre particulares, información que podemos consultar en el Ayuntamiento de nuestra localidad o en la base de datos del partido en este enlace.

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¿Y si los animales conviven en mal estado o son víctimas de maltrato por parte de sus cuidadores? Desde PACMA se recomienda revisar nuevamente la legislación local. Si se demuestra que los animales son privados de comida y conviven hacinados y en condiciones pobres de higiene, el partido sugiere interponer una denuncia con fotografías y vídeos que demuestren los hechos denunciados para que los cuerpos de seguridad actúen en consecuencia.

Lo que dicen Vibbo, Wallapop y Milanuncios

Más allá de la legislación local y autonómica de cada territorio, las plataformas de compra venta de segunda mano tratan el tema desde diferentes puntos de vista. Wallapop, por ejemplo, prohibe la venta de cualquier animal en su plataforma. Así se especifica en la página de ¿Qué contenido no está permitido en Wallapop?, al que podemos acceder desde el siguiente enlace.

Si el contenido que publicas en wallapop incumple estas reglas de convivencia, o va en contra de las disposiciones legales vigentes o de las buenas costumbres, lo retiraremos y te enviaremos un correo electrónico indicando el motivo.

Aquí encontraras gran parte del contenido que no puedes publicar en wallapop:

(…)

6. Animales.

En cuanto a Vibbo, la página sí que permite la publicación de anuncios de mascotas y diferentes animales de compañía. La política actual de la empresa dice lo siguiente:

«El uso de las presentes condiciones particulares de contratación permiten al anunciante particular la publicación de anuncios en base a los siguientes criterios:

(…)

3. Inserción sin límite en la categoría: Perros; Gatos; Pájaros; Caballos; Peces; Roedores; Reptiles; Otras mascotas y animales; Accesorios de mascotas; Coleccionismo…»

Milanuncios es otra de las plataformas que sí permiten la venta de mascotas y animales, si bien recoge algunas acepciones en su política de uso. También recuerda a los usuarios el cumplimiento de algunas de las regulaciones contempladas por la ley actual:

Normas generales de publicación:

(…)

15. En anuncios válidos para toda España, se tiene que indicar la localidad en la que se encuentra el producto, el animal, el inmueble, el empleo etc.

Mascotas

La posesión, adquisición, venta y/o captura de muchas especies de animales está sujeta a leyes o normas del ordenamiento jurídico específicos. A título enunciativo, y en ningún caso limitativo o excluyente, queremos llamar atención a las siguientes normas con las que tiene que cumplir el anunciante:

  1. Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas
  2. Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de Especies Exóticas Invasoras
  3. Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestre
  4. Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Protección de los Animales
  5. Real Decreto 287/2002, del 22 de marzo por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos

También hay que tener en cuenta que puedan existir leyes y normativas específicas a nivel de las comunidades autónomas que hay que cumplir, como por ejemplo la orden de 28 de noviembre de 1988, de creación del Registro de Núcleos Zoológicos de Cataluña (DOGC 1087 de 30/12/1988) o el Decreto 158/1996, de 13 de agosto, del Consell

Todos estos puntos vienen a matizar algunas de las consideraciones que hemos mencionado al comienzo del artículo.

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