
Con el inicio del nuevo aƱo, a muchos se nos olvida que empieza un nuevo ciclo de obligaciones fiscales. De hecho, la mayorĆĀa de nosotros todavĆĀa seguimos enzarzados en el balance del IVA del aƱo pasado, asĆĀ que es relativamente fĆ”cil olvidarse de que tendremos que seguir cumpliendo con Hacienda un aƱo mĆ”s. Es precisamente por eso que la Agencia Tributaria ha publicado ya el calendario general del contribuyente. Se trata, como puedes imaginar, de un documento que muestra con meridiana claridad cuĆ”les son las fechas de inicio, lĆĀmite y plazos para presentar todas aquellas declaraciones a las que estamos obligados como autónomos, empresarios y ciudadanos de a pie. Para facilitarte las cosas, desde tuexperto.com queremosĀ ayudarte a estar al dĆĀa de todo, asĆĀ que vamos a recordarte todas aquellas citas a las que tienes que acudir sin falta para presentar uno de los documentos mĆ”s importantes – y por otra parte obligatorios – de este 2017: la declaración de la Renta 2016. Si quieres estar al dĆĀa de todo y evitar contratiempos de Ćŗltima hora, echa un vistazo al calendario.

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Renta 2016, la declaración del año
Si eres empresario o autónomo, estamos seguros de que ya tienes claro cuĆ”les son las fechas lĆĀmite en la que tienes que presentar todas tus impuestos de IRPF, IVA, Sociedades y demĆ”s. Dicen que el hĆ”bito hace al monje. ĀæPero, quĆ© hay de la declaración de la Renta 2016? Como sabes de cada aƱo, la campaƱa de la declaración afecta a prĆ”cticamente todos los ciudadanos (excepto aquellos que no cumplen con unos ingresos mĆĀnimos o cobran pensiones no contributivas), asĆĀ que hay que estar muy al tanto de los plazos y avanzar cuanto antes este trĆ”mite. No en vano, tendremos que hacerlo igual, mĆ”s tarde o mĆ”s temprano.
5 de abril, se inicia la campaƱa de la Renta 2016
Atentos a esta fecha: 5 de abril de 2017, porque empieza la campaƱa de la Renta 2016. La Agencia Tributaria ha marcado este dĆĀa en el calendario como fecha de inicio del perĆĀodo hĆ”bil para presentar la declaración de la Renta y Patrimonio 2016. ĀæQuĆ© podremos hacer a partir de ese dĆĀa? Pues muy sencillo: pedir el borradorĀ de la Renta 2016 en la pĆ”gina web de la Agencia Tributaria. Se trata de una gestión muy rĆ”pida, con la que el contribuyente obtendrĆ” al minuto el borrador de la declaración, esto es, los datos sobre su renta que la Agencia ha ido recopilando durante todo el aƱo y que en principio, son los que le constan. Aquellos que no sean autónomos ni empresarios y estĆ©n de acuerdo con el borrador (recuerda que es importante cotejar todos los datos), tendrĆ”n la oportunidad de presentar la declaración directamente. Si no cambian ningĆŗn dato, lo mĆ”s probable es que la Agencia Tributaria dĆ© su declaración por buena casi de inmediato y puedan recibir el dinero que les corresponde (en caso de que la declaración les saliera a devolver) mucho mĆ”s rĆ”pido que si modificaran el borrador. El plazo para solicitar borradores y presentar declaraciones telemĆ”ticas finalizarĆ” el 30 de junio de 2016.

Solicitar el borrador, un trƔmite sencillo
VerÔs que solicitar el borrador de la declaración no es un trÔmite complejo. Si ya lo has hecho otras veces, sabrÔs que lo único que hay que hacer es acceder a la pÔgina de la Renta 2016 (estarÔ habilitada mÔs adelante) y acceder al Servicio de Tramitación del Borrador / Renta Web. Si quieres podrÔs hacerlo con certificado electrónico, pero te garantizamos que resulta mucho mÔs fÔcil pedir el número de referencia (se trata de un simple SMS con un código de acceso) y hacer el trÔmite. TardarÔs menos de un minuto y por si esto fuera poco, podrÔs aprovechar el nuevo programa Renta Web (estrenado en la campaña pasada) para realizar la declaración desde el propio navegador, en lugar de tener que instalar el programa PADRE, que es un recurso de software adicional mucho mÔs engorroso. Cuando tengas el borrador (simplemente introduce el número de referencia que te ha proporcionado la Agencia Tributaria cuando se te pida, junto con el resto de datos como el apellido o el DNI), podrÔs ir revisando los datos y realizar todos aquellos cambios que consideres oportunos. Acuérdate de cotejar bien todos los datos y no vayas con prisas: tienes tiempo hasta el 30 de junio. Cualquier dato es fundamental para que la declaración nos salga lo mÔs favorable posible.
Pide cita previa con la Agencia Tributaria
Si necesitas orientación para hacer la declaración de la renta y no tienes un gestor que pueda ayudarte, quizĆ” deberĆĀas pedir cita a la Agencia Tributaria. Puedes hacerlo desde principios de mayo, concretamente del dĆĀa 2, desde la propia pĆ”gina web del organismo, pero tambiĆ©n vĆĀa telefónica o telemĆ”tica, para asegurarse de que tenemos reservada nuestra cita con un funcionario de la administración. A todo esto, hay que indicar que todos los contribuyentes ya tendrĆ”n la posibilidad de presentar su declaración por vĆĀa telemĆ”tica, a travĆ©s del servicio Renta Web. Se trata, sin lugar a dudas, de un sistema mucho mĆ”s Ć”gil, con el que podremos dejar lista nuestra declaración en pocos minutos y que nos evitarĆ” tener que soportar largas colas en las oficinas de Hacienda.
11 de mayo, presentación de las declaraciones en oficinas
Tal como marca el calendario, el 11 de mayo se iniciarĆ” el plazo de presentación de la Renta 2016 en entidades colaboradoras y en las oficinas de la AEAT. Se trata de un procedimiento presencial, asĆĀ que todos aquellos que no quieran o puedan hacerlo por Internet, tendrĆ”n la posibilidad de comenzar a rendir cuentas con la Agencia Tributaria de manera fĆĀsica.

26 de junio, fecha lĆĀmite para declaraciones con resultado a ingresar
Ojo, el 26 de junio es una fecha importante para todos aquellos contribuyentes que tengan la certeza o sospechen que la declaración les darĆ” un resultado a ingresar con domiciliación bancaria. Lo decimos porque la Agencia Tributaria nos da de lĆĀmite hasta el 26 de junio para presentar el borrador, sea de forma telemĆ”tica o presencial. Si crees que te sale a pagar, porque ya te lo ha dicho el borrador o porque sabes que serĆ” asĆĀ, serĆĀa conveniente que agilizaras el proceso de presentación, porque Hacienda te da 4Ā dĆĀas menos que al resto de contribuyentes. Simplemente tenlo en cuenta, si quieres evitar sanciones.
30 de junio, finaliza la campaƱa de la Renta 2016
Atención, porque por Ćŗltimo debes anotar este dato en tu cabeza o tenerlo muy presente en el calendario: el 30 de junio serĆ” la fecha lĆĀmite para que todos los contribuyentesĀ presenten la declaración de la Renta 2016. De este modo, todas las versiones (presenciales, telemĆ”ticas…) tendrĆ”n que estar cerradas y presentadas. Si no lo hacemos, la Agencia Tributaria emitirĆ” las correspondientes sanciones, asĆĀ que la cosa podrĆĀa salirnos muy cara. En cualquier caso, te recomendamos estar atentos a todas las citas y fechas para resolver el asunto de la declaración de la Renta 2016 lo antes posible.
31 de diciembre, pago de las declaraciones
Si la declaración te ha salido a devolver y todavĆĀa no has recibido el dinero, tendrĆ”s que armarte de paciencia. La Agencia Tributaria tiene de plazo hasta el 31 de diciembre de 2017 para devolver estos importes. Esto significa que hasta entonces no podrĆ”s hacer nada, a no ser que tengas que resolver algĆŗn asunto puntual con la Agencia Tributaria. Si tienes dudas sobre el pago, te recomendamos hablar directamente con tu gestor o acudir a tu oficina mĆ”s cercana para recibir las aclaraciones pertinentes. A partir de esa fecha estarĆ”n obligados a pagarte y si lo hacen con retraso, tendrĆ”n que sumar al importe unos mĆĀnimos intereses de demora.




