Llega uno de los momentos que temen muchos españoles, cuando la declaracion de la Renta sale a pagar. Mientras unos celebran la devolución y esperan recibirla cuanto antes, otros corren a ver su extracto bancario para ver la forma de pagar lo que le deben al fisco. Pero en caso de que no podamos hacer frente a la deuda, que nadie se asuste, existen formas de aplazar o fraccionar el pago de nuestra declaración de la Renta.
Si queremos aplazar el pago, tenemos varias formas de hacerlo, tanto si tenemos dificultades para hacer frente al pago como si queremos fraccionarlo para que nos sea más cómodo las alternativas son varias. La propia Agencia Tributaria nos permite fraccionarlo o aplazarlo. En el caso de que ninguna de estas dos nos llegue a convencer, podemos solicitar un préstamo RENTA en la entidad bancaria, una especie de préstamo personal que está diseñado para financiar el pago de nuestra declaración.
Pago fraccionado
Sin duda, la opción más usada y tal vez la más cómoda. Se trata de una división del pago en dos plazos, el primero se hará nada más presentemos nuestra declaración de la Renta y el siguiente antes del 7 de noviembre de 2016.
Cuando hagamos la declaración, tendremos que marcar la casilla de pago fraccionado en la última página del programa PADRE de la Agencia Tributaria. En cuanto a los porcentajes, el primer pago constará del 60% del total, mientras que en el segundo -antes del mes de noviembre- será del 40%. Lo más interesante de este fraccionamiento, es que no supone ningún tipo de coste extra para nosotros.
El requisito que ponen es que hay que presentar la declaración dentro del plazo legal que se ha establecido, con lo que todo aquel que la presente fuera de plazo, no podrá optar al fraccionamiento. Además, domiciliaremos la declaración en una entidad bancaria.
Aplazamiento del pago
Existe una segunda opción, un aplazamiento que consistirá en pagarle a hacienda cuotas mensuales con las cantidades pendientes. En esta operación elegimos los plazos, ya que les presentaremos un calendario de pagos y el plazo (a un año, dos años…).
Tendremos que justificar la causa del aplazamiento, impagos (un trabajador que no cobra su nómina o un autónomo con impagos), problemas financieros, falta de tesorería. Si aplazamos 6.000 euros no hay que aportar garantía, pero superando esa cantidad deberemos presentar un aval o garantía personal.
Para solicitar el aplazamiento, podemos hacerlo desde la sede de la Agencia Tributaria de nuestra localidad o hacerlo a través de la red, en la sección de Aplazamientos de la Agencia Tributaria. Si lo hacemos en la última opción, hay que elegir entre los inferiores a 18.000 euros o los aplazamientos superiores a esa cantidad. Eso sí, si el pago fraccionado no tiene coste, el aplazamiento sí tiene un interés legal, de un 5% TAE.
Financiación bancaria
Por último, podremos preguntar en nuestro banco si tienen algún préstamo para pagar en cuotas mensuales la declaración. Será el banco el que la pague íntegramente, y luego ellos nos cobran mes a mes incrementándonos un interés. Normalmente, el plazo será de 12 meses. Como requisito, tenemos que ser clientes del banco y por lo menos tener la nómina domiciliada o nuestro recibo de autónomos.