
Hace ya unos cuantos dĆĀas que comenzó la campaƱa de la Renta 2015. De hecho, desde el pasado 6 de abril, los contribuyentes pueden pedir el borrador y presentar la declaración por Internet, tanto a travĆ©s del servicio Renta Web como con el clĆ”sico programa PADRE. A partir de este mes de mayo tambiĆ©n existe la posibilidad de pedir cita previa en tu oficina mĆ”s cercana de la Agencia Tributaria para hacer la declaración presencialmente. Pero, Āæsabes todo lo que hay que saber antes de presentar y poner en marcha la Renta 2015? A continuación, te recordamos cinco cosas que deberĆĀas tener en cuenta al hacer la declaración este aƱo.
1. SĆŗper importante: los plazos
Que no se te olvide presentar la declaración de la Renta 2015 a tiempo, porque la Agencia Tributaria va a sancionarteĀ seguro. Si ya no te acordabas de queĀ tienes que responder a tus obligaciones como contribuyente, no estarĆĀa mal que echaras un vistazo al calendario. Por si las moscas, aquĆĀ lo tienes bien claro:
- 6 de abril: empieza el plazo para solicitar el borrador y presentar la declaración online
- 4 de mayo: ya puedes pedir cita previa a travƩs de Internet
- 10 de mayo: empiezan las declaraciones presenciales en las oficinas de la Agencia Tributaria
- 25 de junio: fecha lĆĀmite de la domiciliación bancaria
- 29 de junio: Ćŗltimo dĆĀa para pedir cita previa vĆĀa telefónica
- 30 de junio: Ćŗltimo dĆĀa de la campaƱa de la Renta 2015

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2. La famosa casilla 490
Es uno de los mayores quebraderos de cabeza de los usuarios que deciden hacer la declaración a travĆ©s de Internet. La casilla 490 de la Renta 2014 es imprescindible para solicitar el nĆŗmero de referencia. El problema estĆ” en que muchos usuarios no saben muy bien cómo encontrar el dato o han extraviado su declaración del aƱo pasado. AquĆĀ tienes instrucciones sobre cómo solicitar el borrador sin el dato de la casilla 490, aunque tambiĆ©n te contamos cómo conseguirlo.
3. Servicio Renta WEB
Este año se incorpora una novedad importante, el servicio Renta WEB que sustituye el programa PADRE y que hace mucho mÔs sencillo el proceso de la declaración: y es que puedes añadir todos los datos y presentarla desde el propio navegador. TendrÔs que identificarte y a la hora de presentar el borrador, incluir el número de referencia del contribuyente y del cónyuge, en el caso de que hayas hecho la declaración conjunta.
4.Ā Programa PADRE
Pero cuidado, que no todo el mundo puede usar el servicio Renta WEB. Si eres autónomo o empresario y realizas actividades económicas, no te quedarĆ” otra que seguir presentando la declaración a travĆ©s del Programa PADRE. En este caso, puedes descargarlo a travĆ©s de este enlaceĀ para Windows, Linux y MAC OS X. El funcionamiento es exactamente el mismo que en aƱos anteriores. AsegĆŗrate, eso sĆĀ, de haber descargado antes el borrador.

5. Devoluciones
Otra cuestión de vital importancia son las devoluciones. Si la declaración te ha salido a devolver, habrĆ”s tenido que indicar un nĆŗmero de cuenta para que la Agencia Tributaria pueda hacerte el ingreso. Debes saber, ademĆ”s, que puedes realizar todas las consultas que necesites a travĆ©s del servicio online. Solo tienes que introducir tus datos (el nĆŗmero de referencia es imprescindible) y comprobar en quĆ© estado se encuentra la tuya. AquĆĀ tienes una guĆĀa para conocer todos los pasos de la devolución de la Renta.
ĀæTe ha quedado alguna duda? Puedes hacer todas las consultas que quieras en los comentarios y trataremos de ayudarte.




