La SGAE no puede cobrar por los derechos de obras que no gestiona 4Por fin un juez con dos dedos de frente se da cuenta de que la SGAE no puede cobrar comisión cada vez que canta una rana. Ha sido en Tomelloso (Ciudad Real), donde una sentencia ha dado la razón a Ricardo Alameda, propietario de la Sala Beat.

Según El Paí­s, la SGAE reclamaba al propietario de este local una cantidad de 2.391,08 euros por poner música “de actualidad” sin autorización, según un informe del detective que esta entidad “no lucrativa” envió al local. Ni corto ni perezoso, Ricardo y su abogado fueron a los tribunales con una lista de 400 discos de vinilo que se “pinchan” en el local, para que la SGAE puntualizase si gestiona los derechos de dichas obras.

La sentencia, emitida en Septiembre de 2006 por el juez Antonio Mejí­a Rivera, del Juzgado de Instrucción 4 de Ciudad Real, es bastante clara al respecto: «en la Sala Beat de Tomelloso no se comunican, emiten o transmiten obras gestionadas por la SGAE, sino, por el contrario, obras musicales de los años cincuenta y sesenta, hoy sólo en soporte vinilo, que se hallan fuera de los establecimientos habituales de comercialización y no son difundidas por programas de radio y/o televisión de difusión general».

Como podemos ver, música del tiempo de «MariCastaña». Y, además, ponen música de grupos minoritarios, que algunos consideran de culto, como Manassas, Le Orme o Sonic Rendevouz Band. Ediciones para coleccionistas, de las que existen pocos centenares de copias en todo el mundo.

La respuesta de la SGAE ha sido inmediata…

La SGAE no puede cobrar por los derechos de obras que no gestiona 4

 

La SGAE ha recurrido la sentencia ante la Audiencia Provincial, alegando que «el repertorio de obras gestionadas por la SGAE es irrelevante». Vamos. Que nuestro amigo de la SGAE dice que, aquí­, todo el mundo tiene que pagar. La filosofí­a de la SGAE es que no tiene porqué dar explicaciones, y que todo local abierto al público en el que haya un aparato para reproducir música tiene que darle dinero. A pesar de que sus propietarios ya paguen el canon, y a pesar también de que los artistas cuyas obras se difunden en el local no hayan oí­do hablar en su vida de la SGAE ni perciban un céntimo por parte de ésta.

Es como aquel sketch de Cruz y Raya, en el que un hombre registraba la patente del resfriado en la propiedad intelectual, para cobrar 1 céntimo cada La SGAE no puede cobrar por los derechos de obras que no gestiona 4vez que alguien estornudase.

Esperemos que no sea la última sentencia que veamos de este tipo. Y que todos los bares y discotecas que hoy en dí­a pagan a la SGAE (en 2005 ingresó casi 70 millones de euros sólo de esta forma) miren bien sus listas de discos y las lleven ante un juez para saber por cuáles tienen que pagar y por cuáles no.

De todas formas, a la SGAE siempre le quedarán los actos benéficos para sacar tajada.

Ví­a: elpais

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