¿Tienes en tu poder algunos ahorros en critpos? Pues este artículo será de gran importancia para ti. Hoy te diremos cuál es la información que te pedirá Hacienda si tienes criptomonedas. Como dicen por ahí, guerra avisada no mata soldado. Échale un ojo y saca tus propias conclusiones.
El Ministro de Hacienda publicó su propuesta para el modelo 721 por el que tendrás que declarar las criptomonedas que tienes en el extranjero. La Agencia Tributaria expresó que pretende mejorar el control tributario de los hechos imponibles que puedan derivarse de dicha tenencia u operativa. Durante las últimas semanas se han publicado diferentes propuestas de decretos ley y de regulaciones con la finalidad de ir preparando las bases para que el modelo funcione en el año 2023, con la información de este 2022.
Toda la información que te pedirá Hacienda sobre tus criptomonedas
Según el texto de la audiencia pública, los dueños de criptos que estén en el extranjero se verán obligados a declararlas de forma anual. El lapso de tiempo establecido es entre el 1 de enero y el 31 de marzo del ejercicio siguiente al que se refiera la información.
Seguramente te preguntarás cómo pueden saber si realmente tienes criptomonedas en el extranjero. Para ello, Hacienda dejó claro que entenderá que los activos están en otro país “cuando la persona, entidad o establecimiento permanente que los custodie proporcionando servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros», así como «para mantener, almacenar y transferir dichas monedas”.
El modelo 721 es el que tendrás que declarar si operas con criptomonedas en el extranjero, pero también los beneficiarios, autorizados y apoderados. El texto exige al contribuyente una cantidad de datos e información que según el economista Emilio Pérez Bombo es desmesurada, asegurando que “el problema es que quien redacta estas normativas no está familiarizado con el entorno de las criptomonedas, porque hablar de beneficiarios o autorizados en este mundo no tiene sentido». Sea como sea, esta es la información que te pedirá hacienda si tienes criptomonedas en el extranjero:
- Número de identificación fiscal.
- Nombres.
- Apellidos.
- Número de teléfono.
- Nombres y apellidos, razón social o denominación completa «de la persona o entidad que proporciona servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales”.
También es necesario destacar que Hacienda busca tener en sus manos toda la información relativa al país en el que se encuentra la empresa que almacena o transfiere las criptomonedas en cuestión. Por ello, exigirá en el documento el código de país de residencia fiscal de dicho sujeto o entidad.
Hacienda exigirá el código del país en el que se encuentre “el domicilio de la persona o entidad” que guarda las criptomonedas. En este quedará reflejado el nombre del municipio, el nombre de la vía pública y el número en el que está la sede o residencia y código postal. En cada declaración también tienen que aparecer las claves públicas vinculadas a la criptomoneda que identifican al monedero electrónico del declarante.
Sin embargo, no hay que ser un experto en economía para darse cuenta de que toda esa información del exchange o wallet, desde los datos del domicilio hasta las claves públicas, no va a ser fácil de conseguir.
Además, en el documento tiene que reflejarse el número de monedas que había al inicio y las que quedan en el final de balance el 31 de diciemre para dejar constancia de lo que se ha enviado y recibido. Hacienda recuerda que “si la condición de obligado a declarar se hubiera extinguido antes del 31 de diciembre se informará del número de unidades correspondiente al día de la pérdida de dicha condición”.
Para finalizar, el modelo también especifica que deben estar reflejadas las unidades de criptomonedas declaradas. “Se tomará la cotización media a 31 de diciembre que ofrezcan las principales plataformas de negociación o, en su defecto, se utilizarán los mecanismos comúnmente utilizados de valoración que proporcionen una estimación razonable del valor de mercado en euros».
¿Qué son y para qué sirven los Modelos 172 y 173?
Por otro lado, también es necesario destacar que la Agencia Tributaria expresó con claridad cómo funcionarían los modelos que servirán para declarar a Hacienda los saldos y las operaciones de criptos dentro del territorio español. Estamos hablando del modelo 172 y el modelo 173 que entrarán en vigor en el 2023, según el reglamento de la ley antifraude presentada la semana pasada. Si eres contribuyente, tendrás que presentarte en el mes de enero con los saldos y operaciones registrados hasta el 31 de diciembre del año anterior.
Todo este proceso se realizará a través de un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica con un certificado electrónico reconocido que resulta admisible por la Agencia Estatal de Administración tributaria. Tal como debes estar imaginando, no tendrás que salir de tu casa para llevar a cabo esta declaración.
Al igual que con el modelo 721, el declarante debe dejar constancia de su identificación fiscal (información que también será extensible al declarado). Además, también tendrás que informar lo siguiente:
- Clave o dirección pública con la que se identifica el monedero electrónico donde están las criptomonedas.
- Tipo de moneda virtual.
- Número de unidades del inicio y al final del periodo concreto de los criptoactivos y del saldo a 31 de diciembre disponible en la clave pública.
Son muchas las interrogantes que surgen al leer esta información sobre la Hacienda y las criptomonedas. De igual forma, todo apunta a que tendrás que declarar tus activos a partir del año 2023 (independientemente de que quieras o no). Sin embargo, ya sabes cuál es la información que te pedirá Hacienda cuando llegue ese momento.
¿Quieres saber más sobre este mundo tan interesante? Entonces échale un ojo a este artículo con 5 mentiras sobre las criptomonedas que te interesará conocer.
Y a ti, ¿te parecen exagerados todos los requisitos que pedirá Hacienda?