Lo de no dejarlo todo para el último día es una máxima que todos deberíamos aplicarnos en muchas facetas de la vida. Porque sin duda alguna, nos ahorraríamos más de un disgusto o quebradero de cabeza. ¿Has hecho ya la declaración de la Renta 2019? Es posible que con la situación de estado de alarma estés todavía un poco perdido, pero debes saber que la Agencia Tributaria no ha parado en ningún momento y, si no hay pistas de lo contrario, todos los plazos se respetarán como si de un campaña normal se tratara.
Los contribuyentes comenzaron a presentar sus declaraciones el pasado 1 de abril, que es cuando se inició el plazo. Al cabo de tres días empezaron las devoluciones. No en vano, la Agencia Tributaria ha estimado oportuno ser más ágiles para emitir las devoluciones lo antes posible, haciendo así que los ciudadanos puedan disponer de un dinero extra. Y es que alrededor de un 70% de las declaraciones que se presentan suelen salir a devolver.
En cualquier caso, ¿sabes hasta que día tienes para presentar la declaración de la Renta 2019? No te pierdas ninguna de estas fechas y apúntalas bien en la agenda, no vaya a ser que se te pase el plazo.
Plazo para presentar la declaración de la Renta 2019
Como te hemos indicado, el plazo para presentar la Renta 2019 se inició el 1 de abril. El resto de fechas del calendario que debes tener claras son las siguientes:
5 DE MAYO DE 2020
Empieza la solicitud de cita previa para el plan «Le Llamamos», que permite a los contribuyentes hacer la declaración de la Renta 2019 con la ayuda de un profesional de la Agencia Tributaria. Se puede pedir cita online y o por teléfono.
7 DE MAYO DE 2020
La Agencia Tributaria empieza a llamar a los contribuyentes que hayan pedido cita previa. De partida no es posible dar una fecha y una hora para las llamadas, por eso hay que estar especialmente atentos y tener toda la documentación necesaria preparada.
25 DE JUNIO DE 2020
Finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta 2019 para todas aquellas que tengan como resultado ingresar a través de domiciliación bancaria.
30 DE JUNIO DE 2020
Finaliza de manera oficial el plazo para presentar la Declaración de la Renta de 2019.
5 DE NOVIEMBRE DE 2020
Finaliza el plazo para abonar el segundo pago para todos aquellos contribuyentes que hayan optado por fraccionar el pago, si es que la declaración les ha salido a devolver.
¿Qué puede pasar si presento la declaración fuera de plazo?
Ojo con incumplir los plazos, porque muy a pesar de que ahora mismo nos encontramos en pleno estado de alarma, la Agencia Tributaria no perdona, ni hará concesiones más allá de las ya estipuladas en el decreto aprobado por el Gobierno. Con esto queremos decirte que es eminentemente necesario que cumplas con los plazos indicados: 25 de junio si te sale a devolver y vas a optar por la domiciliación bancaria y 30 de junio para el resto de casos.
Si la declaración se presentara fuera de las fechas indicadas, la Agencia Tributaria podría interponerte una multa. Esta puede oscilar entre los 100 y los 400 euros. Todo dependerá de la fecha en la que finalmente decidas presentar la declaración. Por su parte, Hacienda tiene de plazo para cursar las devoluciones hasta el 31 de diciembre de este mismo año. Si se demorara más allá de 2020, el organismo tendría que realizarte el abono con intereses.
Habitualmente, por esa fecha casi la práctica totalidad de las devoluciones ya se han realizado. El año pasado, por ejemplo, ya se había abonado un 97%. El 3% restante, si es que no se produjo algún problema de mayor envergadura, debió recibir su devolución con intereses. Para 2020 el interés de demora será del 3,75%. Este dinero no tendrá que reclamarse, porque se ingresará al monto total una vez se apruebe la devolución.