La cuarentena que estamos viviendo durante el estado de alarma ha provocado multitud de cambios en nuestras vidas. Ha afectado a todos los ámbitos, incluidos los trámites tributarios. Si tenías una cita presencial con Hacienda, debes de saber que se han suspendido. Las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria estarán temporalmente cerradas para la atención presencial. A continuación te aclaramos cómo vas a poder resolver esta situación.
En la web de la Agencia Tributaria se informa acerca de esta situación tan particular, dejando claro que no pasa nada si se tiene un trámite pendiente, ya que se podrá obtener una cita más adelante. Estos plazos se han ampliado, de acuerdo al Artículo 33 del «Real Decreto-Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de COVID-19»
Modificaciones y contacto con Hacienda
La AEAT ha puesto a disposición de todos los ciudadanos diferentes medios para cualquier información adicional:
- A través de su web: www.agenciatributaria.es
- También con la posibilidad de llamar a los siguientes teléfonos: 901 33 55 33 y 91 554 87 70 Horario: De lunes a viernes, de 9 a 19 horas (hasta las 15 horas en agosto).
- Si se trata de obtener información y asistencia que tenga que ver con trámites recaudatorios, el número a llamar es el siguiente: 91 553 68 01.
Han actualizado las medidas tributarias y se han creado otras nuevas con el fin de adaptarse a esta nueva situación. Esto ha afectado a los siguientes servicios:
- Avisos importantes
- Aplazamientos de deudas
- Plazos de las actuaciones y procedimientos tributarios Novedad
- Información sobre impuestos, censos e identificación electrónica
- Rectificaciones de pagos fraccionados y autoliquidaciones de IVA (artículos 9, 10 y 11 del Real Decreto-ley 15/2020) Novedad
- Subastas AEAT a través del Portal BOE
- COVID-19 en Aduanas
- Información sobre donativos COVID 19: efectos fiscales y obligaciones formales
- Información telefónica
El estado de alarma ha coincidido con las fechas en las que hay que hacer la declaración del IRPF del 2019. Si bien en años anteriores podíamos tener una cita presencial para resolver cualquier cuestión y confeccionar la declaración de la renta, este año no va a ser posible y por eso estas citas se harán todas vía telefónica. Gracias al plan «Le llamamos», la AEAT va a atender a los contribuyentes que quieran modificar y presentar la declaración de la Renta 2019 previa solicitud, que se puede hacer desde el 5 de mayo hasta el 29 de junio. Las llamadas comenzarán a efectuarse desde el 7 de mayo hasta el 30 de junio.
Otra de las cuestiones que más dudas genera es lo relacionado con el pago del IVA. ¿Se puede aplazar este pago durante el estado de alarma? Hacienda también ha tomado medidas respecto a este impuesto y, según el Real Decreto ley 7/2020 de 12 de marzo, se permite aplazar los pagos del modelo 303 del primer trimestre del 2020 hasta seis meses, sin que haya ningún devengo de intereses por el retraso. Este aplazamiento también se puede aplicar a las autoliquidaciones mensuales que correspondan al mes de febrero, marzo y abril.
Para que el deudor pueda acogerse a esta opción es necesario que su volumen de operaciones en el año 2019 haya sido inferior a 6.010.121,04 euros y que la deuda aplazada no supere los 30.000 euros. Para presentar esta solicitud hay que ir al apartado correspondiente de la sede electrónica, a través de este enlace, en el que se encuentran todos los procedimientos para el aplazamiento y fraccionamiento de deudas.