Multan a Google por recoger datos personales con los coches de Street View

Google tendrá que hacer frente a una multa de 300.000 euros por recoger datos personales a través de la conexión WiFi con los coches de Steet View. Así­ lo ha dictamina la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), quien ha calificado esta infracción como grave. Según el regulador español, Google ha puesto en jaque la privacidad de cientos de ciudadanos al almacenar sus datos personales procedentes de redes inalámbricas. El conflicto, que se inició en el año 2010 y que Google resolvió en 2013, llega ahora a su fin con una importante sanción.

Concretamente, en el artí­culo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos aparece estipulado que el tratamiento de los datos de carácter personal necesita del consentimiento inequí­voco del afectado. Con algunas excepciones, no aplicables en este caso concreto. Durante el proceso de la investigación, la Agencia Española de Protección de Datos se percató que Google recogí­a información de diversa í­ndole sin que los afectados estuviesen al tanto de que sus datos estaban pasando a manos de la compañí­a. Google recolectó direcciones de correo electrónico, contraseñas, nombres de redes o códigos de routers inalámbricos de las ciudades por donde pasaban los coches de Street View.

Street View multa

Una multa cuantiosa

Como decimos, los hechos se remontan a mayo del 2010. Ese año Google admitió el problema públicamente e informó de inmediato a la AEPD. A la misma vez, solucionaron el error en sus sistemas para cumplir estrictamente con las polí­ticas de privacidad. La compañí­a asegura que han estado colaborando estrechamente con la Agencia Española de Protección de Datos durante estos siete años y que abonarán sin reparos la multa impuesta de 300.000 euros.

No obstante, no se ha constatado que Google recopilara datos provenientes de WiFis encriptadas. Todo parece indicar que todos los que se capturaban eran de redes WiFi abiertas. En cualquier caso, lógicamente, la compañí­a no ha podido escaparse de la multa teniendo en cuenta esto. Según la resolución, «el que los titulares de redes WiFi no cifren sus redes, en detrimento de la seguridad de sus datos, no autoriza en modo alguno a que se recoja información sin su consentimiento».

Google multa

Cómo se ha determinado la sanción

La multa asciende a 300.000 euros. Pero, ¿qué ha tenido en cuenta la Agencia Española de Protección de Datos para determinar esta cifra? Se trata de una cantidad que es la mayor en el caso de infracciones graves. Básicamente, el organismo ha considerado el hecho de que haya tenido lugar a lo largo del tiempo (concretamente desde mayo de 2008 a mayo de 2010). Además, también se ha valorado la vinculación de la actividad con temas relacionados con información personal. Asimismo, el volumen de datos masivo y el modelo económico de Google han sido otros factores en los que la agencia se habrí­a fijado con detalle para poner a Google una de las cantidades más elevadas en infracciones graves.

Como decimos, Google no recurrirá la sentencia y pagará sí­ o sí­ estos 300.000 euros que se le imponen. La compañí­a ha recordado que están muy concienciados con los temas de privacidad. A su vez, han admitido su equivocación y su estrecha colaboración con la agencia a lo largo de estos siete años.

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