compras internet

Acaba de entrar en vigor una nueva norma que afecta al IVA (impuesto de valora añadido) aplicable a las compras por Internet en el seno de la Unión Europea. Esta legislación va a tener efectos sobre los precios que van a tener que pagar los consumidores europeos a la hora de adquirir productos y servicios en lí­nea. Afecta tanto a productos fí­sicos, como puede ser un disco CD, como a productos digitales como un libro electrónico o una aplicación, e incluso a servicios de telecomunicaciones como los de ví­deo en streaming. Es la Directiva 2008/8/EC. Hasta ahora la regla establecí­a que el tipo de IVA aplicable serí­a el que correspondiente al paí­s donde tuviera su sede fiscal el vendedor, es lo que se denomina gravamen en paí­s de origen. En cambio, la nueva norma establece un criterio distinto: el de gravamen en el paí­s de consumo. Eso implica que ahora el porcentaje de IVA aplicable es aquel vigente en el paí­s donde resida el cliente de comercio electrónico.

Esto supone diversos cambios para las empresas vendedoras, que al final, como esa habitual, acabarán repercutiendo todos esos gastos en los consumidores. El paí­s más afectado va a ser Luxemburgo, que tiene el IVA más bajo de toda la Unión Europea. Para poder cumplir con la nueva legislación europea las tiendas que operan en Europa han tenido que adaptar sus sistemas informáticos de gestión de compras y de facturación. Además ahora van a tener que estar al tanto de las variaciones en el IVA producidas en todos los paí­ses de la Unión Europea, y no solamente en aquellos donde tengan su sede fiscal. Esto va a perjudicar especialmente a las pequeñas tiendas de Internet, por el aumento de trámites burocráticos.

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Así­, a partir de este jueves, las tiendas de Internet tendrán que reflejar en sus facturas el tipo de IVA que corresponda según la residencia del cliente que realiza la compra. Aparte, una empresa radicada en Reino Unido, por ejemplo, que acepte pedidos de un cliente español, tendrá obligaciones fiscales con la agencia tributaria española. Es cierto que la UE ha establecido un método para tratar de facilitar estos asuntos. Para ello ha creado una mini ventanilla única (Mini One-Stop Shop o MOSS), que permite a las empresas registrase una sola vez en el Estado donde tengan su domicilio fiscal, de modo que sea válido para el resto de los paí­ses de la Unión Europea.

Los expertos vaticinan subidas de precios generalizadas para el consumidor final y dificultades a hora de determinar la localización del cliente. Por ejemplo, según la normativa fiscal anterior, una tienda radicada en Luxemburgo que vendiera un libro electrónico cargaba un exiguo 3 por ciento de IVA a los compradores. Sin embargo, a partir de ahora, si ese mismo libro está destinado a un cliente británico, éste deberá pagar un 20 por ciento de IVA por ese mismo producto. Para una descarga de un álbum de música realizada desde una empresa de Luxemburgo suponí­a un 15 por ciento de IVA para todos sus clientes, según la legislación antigua; si ahora la realiza un consumidor español, deberá pagar el 21 por ciento de IVA.

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