Mucho ruido y pocas nueces. Hace unos meses, todo hacía indicar que Google iba a recibir una multa millonaria por parte de la Comisión Europea. Las declaraciones vertidas en varias ocasiones por Joaquín Almunia (comisario de Competencia) poco tienen que ver con la resolución que ha tomado este organismo después de investigar durante tres años a la compañía de Internet. El motivo, las prácticas en su buscador para favorecer sus propios resultados y las condiciones que imponía a las empresas que querían publicitarse. La última ronda de concesiones de Google a poco de terminar el periodo impuesto por la Comisión Europea han convencido a los responsables europeos.
La investigación de este organismo comenzó a raíz de las prácticas de Google de introducir resultados promocionados dentro de los primeros puestos de las búsquedas que realizan los usuarios, además de favorecer aquellos resultados que pertenecen a los productos de la compañía (hay que tener en cuenta el potente ecosistema de herramientas del que disfruta esta empresa, desde YouTube, pasando por su aplicación de mapas o por la red social Google+). Tras tres años de investigación, la Comisión Europea ha anunciado en su página web un principio de acuerdo para cerrar el caso sin imponer ningún tipo de multa a Google.
Una decisión muy lejos de las impresiones que dejaba este tema, sobre todo a raíz de las declaraciones que realizó varias veces Joaquín Almunia a lo largo de este tiempo en las que remarcaba lo lejos que estaban de llegar a un acuerdo amistoso con Google. La clave del cambio de parecer de la Comisión está en una característica que deberá cumplir la compañía estadounidense en sus búsquedas. Según esa concesión, cada vez que Google promocione uno de los resultados de búsqueda tomados de sus servicios especializados, como por ejemplo restaurantes u hoteles, al lado deberán aparecer otros tres resultados de la competencia que serán escogidos de manera objetiva y que tendrán una presencia y un aspecto similar.
Esta medida se dirige tanto a los servicios que ya existen en el mercado como aquellos que pueda desarrollar la compañía en un futuro. Eso sí, se trata de un principio de acuerdo que se presentará a la competencia de Google (en este caso, son varias compañías entre las que se encuentra Microsoft que elevaron sus quejas por lo que consideraban un abuso de posición dominante de la compañía del buscador). En caso de que el acuerdo prosiga sin incidencias, tendrá validez durante un tiempo de cinco años y estará supervisado por los reguladores para asegurar que se cumplen todos los puntos.
Además de la característica de la que hemos hablado, Google también había realizado otras concesiones anteriores entre las que se encuentra, por ejemplo, el hecho de que las compañías que publiciten sus productos en Google puedan hacerlo sin problemas en plataformas de la competencia, o la posibilidad de que las empresas decidan que sus contenidos no aparezcan en los servicios especiales de Google sin que se produzca ningún tipo de penalización en sus resultados de búsqueda ordinarios.
Entendemos que antes de advertir de si las propuestas de Google tendrán estas u otras consecuencias habría que solicitar de la UE, y para todos los estados miembros, que unifique el criterio legal para definir a quien corresponde la autoría ( y por tanto la autorización para sus usos) de lo que el buscador incorpore, pues entendemos que se está planteando un problema secundario cuando el primero aún está pendiente de resolver. Consulta pública abierta ya por la UE. Sólo Alemania, fuertemente presionada por los editores, se vio obligada a crear un nuevo derecho de propiedad para los editores, mientras que en otros países han resuelto con el buscador mediante soluciones de ayuda económica para desarrollo digital, que no pago por utilización de contenidos. La AEEPP recientemente ha señalado en un comunicado que los grandes diarios españoles apoyan esta iniciativa pero que no ha funcionado en ningún país. carmen santos arrarte. documentacion de medios s.a. febrero 2014