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El Gobierno acaba de publicar la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que va a transformar el panorama televisivo tal y como lo conocemos. Todaví­a no se ha completado el apagón analógico, y ya se avecinan novedades. Por ejemplo, se permiten los canales de televisión í­ntegramente dedicados a teletiendas, todos los prestadores deben clasificar por edades sus contenidos y se establecen horarios de protección reforzada para los menores, durante los cuales no pueden ponerse programas para mayores de 13 años. Además queda prohibida la emisión en abierto de contenidos que incluyan escenas pornográficas o de violencia gratuita.

El 51% de la programación anual de cada canal de televisión debe consistir en contenidos europeos, de los cuales la mitad deben estar en alguna de las lenguas oficiales en el Estado español. Para calcular ese porcentaje hay que descontar el tiempo destinado a informativos, deportes, juegos, publicidad y televenta. Aparte, las cadenas de televisión van a poder cerrar la mitad de sus canales y ponerlos de pago, si así­ lo desean. Además, cada dos años, la administración fijará un catálogo de acontecimientos (sobre todo deportivos) que deben ser transmitidos total o parcialmente en abierto y con cobertura estatal; allí­ se especificará si la tranmisión es en directo o en diferido. En cuando a la publicidad, se pueden poner 12 minutos de anuncios por cada hora de reloj. Eso sí­, las pelí­culas y los informativos sólo pueden interumpirse cada 30 minutos.

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Esta ley no sólo afecta a la TDT, también afecta a la televisión por cable y a la televisión ví­a satélite. Sin embargo, poco dice sobre la televisión en el móvil, excepto que deberá convocarse concurso para adjudicar las licencias y que el 10% de los contenidos deberán estar adaptados al tamaño de las terminales móviles. También son parcos los legisladores a la hora de hablar de la televisión en alta definición; tan sólo comentan que las emisiones en TVHD serán compatibles con las de emisiones en resolución normal, y que se seguirán los estándares imperantes en la Unión Europea. Habrá que esperar a próximas normas para ver cómo regulan estos dos asuntos.

El ámbito de aplicación de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) va más allá de lo que parece; afecta no sólo a emisoras de televisión sino también a las de radio, ya sean analógicas o digitales (DAB). De sus garras solamente se escapan los sitios web de titularidad privada y aquellos cuyo objeto sean los contenidos audiovisuales generados por usuarios particulares, como  muchos de los que se comparten en YouTube. Sin embargo, como regla general, queda incluida cualquier actividad que compita por la misma audiencia que las emisiones televisivas.

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