Desde hace tres años, Google cumple a rajatabla las polémicas leyes de la Unión Europea sobre el «derecho al olvido». Unas leyes que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidió aplicar en los motores de búsqueda en 2014. Hace unas horas, el gigante de Internet ha publicado una versión actualizada de su Informe de Transparencia anual. En él se revela cuántas y qué tipo de solicitudes ha recibido la compañía para eliminar páginas de los resultados y en cuántas ocasiones lo ha cumplido.
Un millón de resultados en tres años
Según los datos del informe, la empresa habría eliminado bastante contenido. De 2014 a 2017, recibió aproximadamente 2,4 millones de solicitudes, aunque solo cumplió con el 43 por ciento de ellas. Estaríamos hablando, por tanto, de un millón de resultados. Aproximadamente, un tercio de las solicitudes eliminadas estaban relacionadas con usuarios que querían información personal, como directorios o historias de redes sociales, borradas de Internet. El 20% restante quería impedir que se conocieran sus asuntos legales (es decir, ser mencionado en informes criminales o en páginas gubernamentales).
En el informe también se refleja que un pequeño número de usuarios presentaba solicitudes de forma desproporcionada. La gran mayoría de las solicitudes en general provenían de particulares. Algunas, incluso, según los investigadores, de celebridades y políticos. Por países, Francia, Alemania y el Reino Unido generaron el 51% de las peticiones de borrado de URLs. Del mismo modo, solo 1.000 solicitantes solicitaron el 15% de todas las URLs. Muchos de ellos estaban relacionados con despachos de abogados.
Aunque 2,4 millones de peticiones pueden ser como una gota en un cubo si lo comparamos con los miles y miles de millones de páginas que Google ha indexado, hay que tener en cuenta que todas esas solicitudes eran para páginas que contenían información que quería ser ocultada en los motores de búsqueda. Según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, solo se puede eliminar aquella información que no sea “de interés general”. En caso contrario, los individuos no pueden ejercer su derecho al olvido.