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Anoche estuvo en el programa de La Sexta, Buenafuente, David Bravo, abogado especializado en propiedad intelectual y derecho informático, que por muchos será reconocido como el azote de la SGAE. El autor de la obra Copia este libro, recordó en el late show de la cadena de Mediapro una de las máximas de aquel trabajo editorial, en la que se señala la interpretación que la sociedad gestora de derechos más famosa de España hace del Código Penal: «según la SGAE es más grave descargar una canción que acosar sexualmente a una trabajadora o repartir porno en un colegio».

En esa lí­nea estuvo el abogado en el programa de televisión, donde hizo un repaso general a los desencuentros entre SGAE y ciudadaní­a, ofreciendo la visión de un profesional del derecho que lleva desde 2003 litigando con algunas de las medidas que la población ha conocido a través de términos como «canon«, «descargas ilegales», «programas P2P» o, más recientemente, «Ley de Economí­a Sostenible».

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Al tratarse del acontecimiento más reciente, la Ley de Economí­a Sostenible centro buena parte de la entrevista. Bravo recordó el peligro que entraña una de las medidas recogidas en el texto legislativo, la que señala la creación de un órgano administrativo con la potestad de bloquear sin intervención de un juez determinadas webs. Para David Bravo, esta situación cae en una importante contradicción: «esta comisión pretende quitarle atribuciones al Poder Judicial para perseguir unas páginas, las de enlaces, que los jueces han sostenido en repetidas ocasiones que no vulnera las leyes de propiedad intelectual«.

Lo más peliagudo de la Ley, insitió Bravo, está en que ésta busca que «cambiemos de árbitro», apuntando además que la composición del órgano vigilante podrí­a estar integrada por miembros de las discográficas cuyos intereses se están viendo perjudicados por «el cambio en el modelo de negocio».

http://www.youtube.com/watch?v=Rac-uXselsc&feature=player_embedded

Este punto se cerró haciendo mención a la ya conocida polémica en torno al cobro de una factura trimestral en las peluquerí­as y, en general, establecimientos donde los clientes puedan escuchar una emisora de radio. David Bravo certificó que esta práctica, la de recaudar un impuesto por tener la radio puesta en un local cuya actividad y beneficio no está relacionada con la música, está realmente extendida.

Por otro lado, hizo mención a un estudio publicado hace unos meses por el Times, en el que se mostraba una gráfica evolutiva que reflejaba cómo los beneficios de las discográficas descendí­an en la misma relación que ascendí­an los ingresos registrados por los artistas. El abogado supo dar respuesta a esta tendencia: la bajada en las ventas de discos está compensándose con una mayor afluencia de público a los conciertos, que ahora tienen acceso a más grupos y tipos de música que antes de la llegada de las redes de intercambio de archivos.

http://www.youtube.com/watch?v=UA4nc_hbueU&feature=player_embedded

Y respecto al intercambio, Bravo enfatizó en el concepto que hace punible la descarga. «Según el Código Penal, para que una descarga sea delito debe tener ánimo de lucro«. Y es precisamente la flexibilidad conceptual de ese punto, el del ánimo de lucro, es el que enfrenta a juristas e implicados en torno a lo que debe ser el lucro por parte de un usuario que hace uso de una descarga para disfrute personal.

Por último, David Bravo lanzó una respuesta en forma de pregunta: «¿El mundo de la música y su industria se destruye o es que el reparto de la tarta es distinto

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