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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que las bibliotecas tienen derecho a digitalizar libros y distribuirlos a pesar de no tener permiso de los editores. La decisión se basa en las excepciones incorporadas en la Directiva Europea de Derechos de Autor para la reproducción y comunicación de la propiedad intelectual. Concretamente, se dice que las bibliotecas públicas pueden «tener todos los documentos necesarios con fines de investigación o estudio privado».

El editor alemán Eugen Ulmer, que presentó la demanda que ha dado lugar a esta resolución contra la Universidad Técnica de Darmstadt, no está muy contento con el resultado. Sin embargo, el TJUE tampoco ha dado a las bibliotecas un cheque en blanco para distribuir el contenido digitalizado. La ley todaví­a impide que esas copias puedan ser almacenadas a través de un USB o imprimirse.

Según la directiva relacionada con los Derechos de Autor, el «acto de imprimir o almacenar los archivos significarí­a a nivel individual estarí­a violando la ley«. De esta forma, opina que los actos de reproducción no son necesarios para difundir la obra entre los usuarios a través de terminales especializados . Así­, no se les permite el derecho a difundir la obra a través de dispositivos electrónicos, teniendo en cuenta que los autores de esos actos son los usuarios, no la propia biblioteca.

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Esta sentencia finaliza diciendo que el concepto de las condiciones de adquisición o licencia, que figura en la Directiva 2001/29/CE, que se refiere a los Derechos de Autor, implica que tanto el autor de la obra como la biblioteca, tienen un contrato de licencia por el cual el establecimiento puede utilizarla bajo determinadas condiciones. A pesar de que el propietario intelectual del libro le proponga al centro realizar copias o imprimirlas, ésta debe negarse porque si no estarí­a faltando al objetivo fundamental de la propia biblioteca: «promover el interés público vinculado al fomento de la investigación y el estudio».

Sin embargo, esto no quita que dentro de los lí­mites se puedan hacer reproducciones de las obras que se quieran. De esta forma, se permite que «los usuarios de una biblioteca impriman en papel las obras, o las almacenen en una llave de memoria USB desde los terminales especializados, si abonan una compensación equitativa a los titulares de los derechos sobre los libros». A pesar de ello, señalan que esto no se debe hacer de forma generalizada, si no en contadas ocasiones.

Es evidente que la decisión del órgano de justicia generará mucha controversia. De hecho, el tema de la digitalización de libros ya ha causado mucha polémica en otras ocasiones. En Estados Unidos, Google entró en conflicto con los editores y autores cuando se intentó poner en su plataforma versiones escaneadas de libros online y realizar búsquedas en ellos. Por eso, las editoriales han tratado de obtener cada dólar con los libros que publican antes de permitir que las bibliotecas lo tuvieran.

Seguramente ésta no sea la última empresa que decide llevar a juicio a una biblioteca, pero por lo menos ahora tenemos un precedente para este tipo de casos.

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