bonificaciones autónomos

A cierre del primer semestre del año, el número de autónomos en España era de 3.2 millones de personas. Se trata de una cifra que, según los diferentes sondeos, va aumentando progresivamente, lo que demuestra la situación actual de nuestro paí­s. Son muchos los ciudadanos que se quedan en paro, que no encuentran trabajo, con la única opción de montar un negocio por cuenta propia. De hecho, durante los primeros seis meses del año, han aumentado tanto los autónomos personas fí­sica, que sumaron 24.655 nuevas altas, como los societarios, que crecieron en 15.869 personas. En cualquier caso, ser autónomo en nuestro paí­s sigue siendo bastante complicado. Actualmente hay que pagar una cuota bastante alta, que no depende, como en otro paí­ses, de los ingresos obtenidos. Así­, cada mes, el trabajador por cuenta propia español tiene obligatoriamente que pagar 267,03 euros, una cifra que no está al alcance de cualquiera.

Es cierto que durante unos meses hay una serie de bonificaciones, que evitan pagar desde el principio esa cantidad de 267,03 euros. También, a lo largo del tiempo, se han añadido mejoras de cara a ayudar a este colectivo, seriamente perjudicado por la crisis. Así­, actualmente nos encontramos un panorama en el que los nuevos autónomos pueden optar al pago de 50 euros de cuota durante seis meses. Por otro lado, también hay ayudas para los más jóvenes, para las madres o para aquellos que contraten a un trabajador a tiempo completo o parcial. Si estás pensando hacerte autónomo o ya lo eres, seguro que quieres conocer cada una de estas bonificaciones por si las puedes aplicar en tu actividad. Quizá no te hayas enterado y puedas ahorrarte algún dinero cada mes.

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Bonificaciones para nuevos autónomos

Aquellos nuevos autónomos que coticen por la base mí­nima tendrán que pagar una cuota de solo 50 euros. Eso sí­, únicamente los seis primeros meses desde el inicio de la actividad. En caso de optar por una base de cotización superior, se aplicará una reducción del 80% a la cuota durante ese periodo, por lo que el nuevo autónomo tendrá que pagar aproximadamente unos 55 euros. A partir de los seis meses siguientes, se aplicará una reducción en la cuota del 50%, teniendo que ingresar a las arcas de la Seguridad Social unos 133 euros para la base mí­nima de cotización. Este ahorro en la cuota irá reduciéndose paulatinamente. Así­, en los meses del 13 al 15 se aplicará una disminución del 30%, teniendo que hacer frente al pago de 187 euros para la base mí­nima de cotización. Todos aquellos interesados en darse de alta de forma online pueden hacerlo desde aquí­.

Es importante señalar, que entre los requisitos para beneficiarse de esta tarifa plana de 50 euros, se encuentran el no ser autónomo colaborador, no administrar sociedades y tampoco haberse acogido a alguna bonificación para autónomos en el pasado, aunque hayan transcurrido más de cinco años.

Bonificaciones para nuevos autónomos jóvenes

Si eres mujer menor de 35 años u hombre menor de 30, podrás disfrutar de una reducción del 30 por ciento sobre la cuota por contingencias comunes durante los treinta primeros meses de tu alta como autónomo. El único requisito, además de la edad, es que hayas estado dado de alta en los cinco años anteriores. Teniendo en cuenta que la tarifa plana para autónomos ofrece una reducción mayor, aunque durante menor tiempo, muchos autónomos prefieren decantarse por ella. Tal y como explican desde infoautónomos, a pesar de que ha habido información contradictoria al respecto, esta bonificación es incompatible con la tarifa plana. Es necesario elegir una u otra. Como decimos, la mayorí­a de la gente prefiere la tarifa plana por el mayor descuento que supone durante los doce primeros meses de actividad.

Bonificaciones por discapacidad o violencia de género

Todos aquellos autónomos que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, podrán inscribirse en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y pagar una cuota mensual de 50 euros durante el primer año de actividad cotizando por la base mí­nima. También esto es aplicable a las ví­ctimas de violencia de género o ví­ctimas de terrorismo. El único requisito para que sea posible llevar a cabo este trámite, es que no se haya estado dado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.

De este modo, durante los primeros 12 meses disfrutarán de una reducción en la cuota del 80%, fijándose la base mensual en 50 euros. Esto es posible desde el 10 de octubre de 2015, cuando entró en vigor de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo. Anteriormente se aplicaba sólo durante primeros seis meses, excepto para los autónomos discapacitados menores de 35 años, a los que ya se les vení­an aplicando 12 meses de bonificación al 80%. A partir del mes 13 hasta el mes 60, se podrá optar a una reducción del 50 por ciento, por lo que la cuota mensual se quedarí­a en 133,52 euros.

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Bonificaciones por maternidad

Si vas a ser madre o padre, vas a adoptar un bebé o tienes riesgo durante el embarazo, puedes disfrutar de una bonificación siempre que seas sustituido por un desempleado con contrato de interinidad bonificado. De este modo, podrás obtener un 100 por ciento de reducción en la cuota durante el periodo que dure la sustitución.

Bonificaciones por autónomos colaboradores o familiares

Todos los autónomos que contraten a algún trabajador a tiempo completo o parcial, también tendrán una reducción en la cuota del cincuenta por ciento durante los 18 meses del inicio de su actividad, y del 25 por ciento durante los seis meses siguientes. Esto significa, que solo tendrán que pagar 133,52 euros mensuales durante el primer año y medio, y 200,28 euros los seis meses siguientes. El principal objetivo de esta medida, es favorecer la cotización de los familiares de los autónomos que actualmente no pueden cotizar debido a las dificultades económicas, aunque estén trabajando en el negocio familiar.

Bonificaciones para trabajadores de Ceuta y Melilla

Aquellos autónomos que residan y ejerzan su actividad en Ceuta y Melilla. Hablamos de aquellos que se dediquen a los sectores de turismo, industria (exceptuando agua y energí­a), hostelerí­a o comercio, tendrán la posibilidad de conseguir una reducción en la cuota del 50 por ciento con carácter indefinido. El primer año de vigencia de la norma será el 43%, el segundo el 46% y el tercero y sucesivos el 50%.

Bonificaciones para autónomos pluriempleados

La Ley de Emprendedores también aprobó una bonificación del 50 por ciento para aquellos autónomos que se dediquen a la pluriactividad. Aquellos trabajadores por cuenta propia que hayan realizado trabajos simultáneos por cuenta ajena durante 2015, por una cantidad igual o superior a los 12.200 euros, podrán disponer de una devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones ingresadas superen la cantidad mencionada anteriormente.

Dado que todas estas bonificaciones están dirigidas a autónomos, si quieres disponer de alguna tendrás que solicitarla junto con tu solicitud de alta como autónomo en la Seguridad Social

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