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Música, cine y televisión en Internet. Así­ se llama la guí­a que se ha editado recientemente con la supervisión y ayuda de algunas de las principales implicadas en la lucha contra la piraterí­a en España, como Promosicae o SGAE. Se trata de un dietario de recomendaciones elaborado por una ONG, llamada Childnet International, enfocada a la protección del menor en Internet, y que con este documento propone una serie de buenos comportamientos en el uso de la red, aunque centrándose especialmente en los llamados servicios P2P (que son los que sirven para compartir archivos y que tienen en pie de guerra a editores, creadores y distribuidores).

Esta guí­a, enfocada para la lectura por parte de profesores y padres de cara a proponer una doctrina que compartir con los escolares, ofrece, de entrada, lo que en Internet se llama FAQs (o preguntas frecuentemente formuladas). Empiezan metiendo miedo, y advirtiendo del riesgo que supone usar servicios de descarga por la posibilidad de contaminar el equipo con un virus. Y continúan señalando que se puede incurrir en un delito por recurrir a los programas P2P. Eso sí­: la guí­a no dice ni mú de las decenas de autos judiciales que archivan las causas contra webs de enlaces, ya que los jueces no ven acciones delictivas castigadas por el Código Penal español en nuestro sistema jurí­dico.

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Por supuesto, los implicados en la causa no se sonrojan a la hora de detallar explicitamente «cuáles son las mejores páginas de Internet para encontrar música, cine y televisión». Lo mejor de todo es que incluyen enlaces en esta guí­a (como a la web www.pro”music.org) que no llevan a ninguna página (o al menos, así­ fue durante la redacción de este texto). Todo un acierto a la hora de dar rienda suelta a los crí­ticos de este manual para calificar con sorna su utilidad.

Y como no podí­a ser menos, la guí­a juega a poner un poco de orden en el carácter ético de los usuarios. Y es que dado que la Ley Española hasta ahora no ha penado a ningún responsable de webs de enlaces, y por no estar reglada esta actividad dentro de lo que se podrí­a considerar como ilegal, este manual no duda en definir como «ilí­cito» todo acto que suponga «subir o descargar archivos protegidos por derechos de propiedad intelectual sin permiso de su titular». Y hasta para eso han tenido desatino los autores del texto, ya que los jueces sí­ que han reflejado en sus autos que la subida de este tipo de datos a la red supone un delito.

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Pero el colofón de la fiesta llega con la sección «domina la jerga» del manual. En él, se define un blog como un «diario o revista que se publica en Internet», en el que «a menudo se utilizan para publicar enlaces a archivos, que pueden ser copias ilegales de música o pelí­culas». Blog igual a piratas. Una definición similar es la de «Servidor de alta capacidad», que según este panfleto, » con frecuencia se utiliza para compartir ilegalmente» contenidos protegidos. Cultura de canon digital, es de suponer.

Este manual termina con un llamamiento directo a padres y profesores, en el que se dice, sin rodeos, que se hable con los niños para «hacerles entender por qué es importante utilizar páginas web legales», en las cuales los autores de materiales protegidos «reciben un pago justo por su trabajo». Y es que, para los autores de este texto (cercano a la propaganda más sangrante) «también merece la pena hablar con ellos sobre las consecuencias que conllevarí­a para toda la familia el ser sorprendidos incumpliendo la ley«. El hombre del saco ha vuelto…

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