La Comisión Europea ha puesto coto a la navegación libre en itinerancia. A partir de hoy mismo, el organismo ubicado en Bruselas ha obligado a las operadoras europeas a limitar la navegación en itinerancia, es decir, la que se efectúa a través de los teléfonos móviles y portátiles, para ofrecer protección a los usuarios. En este sentido, la Comisión quiere evitar que los clientes reciban facturas desorbitadas por no disponer de una carta de fija de precios cuando se desplazan a través de los países que forman parte de la Unión Europea o simplemente por desconocimiento de causa.
Las normas que a partir de este primero de marzo se han ejecutado, fueron aprobadas por la Comisión Europea el pasado mes de junio de 2009. Según este reglamento, los operadores móviles deberán cortar el servicio de Internet a los usuarios cuando éstos lleguen a una tarificación de 50 euros. Al igual que pasa con los servicios de control de consumo que ya se pueden activar ahora estando en nuestro país, las operadoras tendrán la obligación de enviar un mensaje cuando se haya superado el 80% del gasto, a sabiendas de que al llegar a 50 euros se cortará el servicio.
Aun así, los clientes de las operadoras europeas tienen la opción de indicarle un límite determinado a su operador. En cualquier caso, si la operadora no recibe ningún aviso antes del día 1 de julio de 2010, el límite se situará en los ya citados 50 euros. Progresivamente, se espera además que se vayan reduciendo los precios que las operadoras pagan por cada megabyte descargado. De esta manera y de acuerdo con la lógica aplastante, las empresas que ofrecen estos servicios de itinerancia deberían reducir los desorbitados precios que hasta el momento están pagando los usuarios por conectarse a Internet en cualquier lugar de Europa.
Fotos de: TPCom, Pietroizzo y Frank Spin
Ya era hora!