Cómo evitar recibir llamadas comerciales en el teléfono fijo o móvil 4
Una odisea. Esto es lo que supone ejercer nuestro derecho a no recibir la publicidad telefónica en el teléfono fijo o móvil. La Agencia Española de Protección de Datos ha mencionado estos dí­as la pasividad de los usuarios a la hora de tomar medidas contra las empresas que practican el spam telefónico. Pero lo que no ha dicho, es que facilitar esas medidas es labor de la propia Agencia. Porque eliminar nuestros datos puede ser un auténtico calvario, que nos costará tiempo y paciencia. Y que ni siquiera nos garantiza el 100% de efectividad. Este artí­culo pretende esclarecer las dudas acerca de cómo actuar para impedir que las llamadas comerciales lleguen a nuestro teléfono.

El pasado viernes, nos molestamos en informarnos acerca de nuestros derechos a no recibir spam telefónico. La primera sorpresa la hemos encontrado en el Canal del Ciudadano de la citada Agencia. La información no es demasiado extensa y está tan encriptada que parece estar hecha única y exclusivamente para los que entienden de leyes. Después de dar una vuelta y empaparnos de información hasta la médula, nos hemos permitido llamar por teléfono al írea de Atención al Ciudadano.

El teleoperador que nos ha atendido tení­a tan pocas ganas de contarnos cómo acabar con el spam telefónico, que hemos tenido que darle las instrucciones nosotros mismos y pedirle que nos confirmara si estábamos o no en lo cierto. Ante actuaciones como ésta, no nos extrañan los estudios de la propia Agencia de Protección de Datos que afirman que sólo el 1% de los españoles ejercen sus derechos a la hora de proteger los propios datos personales. Y es que basta con leer todo lo que tiene que hacer un ciudadano para deshacerse del famoso spam. Es sencillamente, increí­ble.
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El derecho de exclusión de la guí­a telefónica

El derecho de exclusión tiene que ver con la aparición de tu número de teléfono en la guí­a telefónica. La mayorí­a de empresas dedicadas al spam comercial, buscan tus datos en las páginas blancas. Es por eso que, cuando les pidas de dónde han sacado tu número, van a contestarte que éste es un dato público. Y no tendrás nada que hacer. Para ejercer tu derecho de exclusión, deberás enviar el correspondiente formulario al domicilio social de Telefonica, S.A, por correo certificado. Es decir, que a fecha de hoy, tienes que gastarte 2,44 euros y desplazarte a una oficina de Correos. Mal empezamos.
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Con el resguardo de Correos en mano, deberás recibir una respuesta en 10 dí­as hábiles desde el enví­o. Así­ mismo, el nombre y apellidos, dirección y número de teléfono, tienen que desaparecer de la guí­a telefónica (tanto en formato papel como en digital) en el plazo de 10 dí­as. Aun así­, hay que tener en cuenta que en papel, se hará efectivo el cambio en la siguiente reedición de la guí­a.

El derecho de cancelación

Si las compañí­as que suelen molestarte ví­a telefónica ya tienen tus datos, la cosa se complica. En ese caso, deberás anotar qué empresas son las que te llaman y enviarles una por una a su domicilio social y por correo certificado, una carta para ejercer tus Derechos de Cancelación. Aquí­ el gasto de enví­o se multiplica por cada empresa que molesta con sus llamadas. Y la lista de candidatos es bastante amplia.

De esta forma, deberán eliminar toda la información que tengan sobre tu persona y dejar de contactar contigo por cualquier ví­a. El formulario modelo también está colgado en la misma página de la AEPD.

Los plazos son los mismos que los de la exclusión de datos de la guí­a telefónica. Es decir, diez dí­as hábiles desde la fecha del enví­o. Si durante este periodo no recibes ninguna notificación por parte de Telefónica ni tampoco de las empresas a las que has pedido que eliminen tus datos, puedes efectuar la denuncia definitiva a la Agencia Española de Protección de Datos.

En este punto es importante considerar que, cada vez que recibas una llamada con fines comerciales, el operador está obligado a informarte de la procedencia de tus datos personales, de la identidad del responsable del fichero y de los derechos que te asisten.  Aun así­, como suele suceder, el comercial no tendrá ni la más remota idea de lo que le estás contando. Que para eso sus jefes son spammers profesionales.
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En cualquier caso, intenta rellenar el documento de denuncia y enví­alo por correo certificado a la Subdirección de Inspección de Datos de la AEPD. Deberás identificarte, explicar tu caso y adjuntar toda la documentación que lo acredite para que puedan comprobar la veracidad de los hechos. La Agencia deberá responderte en un plazo máximo de tres meses desde que formules la denuncia. Curioso que la propia Agencia se reserve un plazo tan amplio comparado con el que da a las empresas que debe vigilar este organismo.

Como veis, las cosas no están nada fáciles. El ciudadano está indefenso y para que sus derechos se cumplan tiene que perder muchas horas de su valioso tiempo. Y dinero para escribir y enviar cartas y más cartas. Mientras, el Gobierno nos promete soluciones y la AEPD nos habla en chino. Y a nadie se le ocurre poner un sistema más sencillo. O, directamente – ¿a nadie se le ha ocurrido? – prohibir que las empresas nos llamen para molestar. Directamente. Sin tener que rellenar nosotros cartas ni hacer denuncias. Que quien quiera recibir publicidad se apunte en un listado. Y a los demás, prohibido llamarnos. Vamos, evitar lo que se suele llamar práctica abusiva.

Fotos de: Meredith Farmer, AWix, Miguel A.González y Ibipc.

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