Justo ahora que empieza la nueva legislatura sin un ministro de cultura, nos vemos obligados a recordar a José Ignacio Wert, que sí lo fue en la anterior legislatura. Una de sus medidas más recordadas fue el nuevo canon digital, que dejaba de financiarse a través de impuestos indirectos para hacerlo a través de los Presupuestos Generales del Estado, es decir, a través de la contribución de la totalidad de los españoles. Esta ley acaba de perder hoy su vigencia al ser delcarada «nulo»e «inaplicable» por el Tribunal Supremo. Este fallo viene simplemente a confirmar el que llevó a cabo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado junio, según el cual el canon digital infringía las normas comunitarias sobre derechos de autor. Esta decisión termina con un viaje que empezó en 2012 con la aprobación del real decreto 1657/2012, que venía a sustituir la Ley de Propiedad Intelectual de 2006, conocida como la «Ley Sinde», aprobada por el gobierno del presidente Zapatero. Esta Ley ampliaba la ley que protegía los derechos de los autores gravando todos los productos que sirvieran para realizar copias digitales de obras culturales, como fotocopiadoras, lectores de mp3 o DVDs vírgenes, adaptando el propósito de la ley a la realidad de Internet de entonces.
Con el cambio de gobierno en 2011 esta ley dio paso a un nuevo canon digital. Esta medida fue impulsada por el ya citado ministro Wert y el secretario de estado de Cultura, Jose María Lasalle. La diferencia esencial es que en la «Ley Sinde» la compensación de los autores se producía mediante los impuestos pagados por aquellos que indirectamente contribuían a la piratería. Con la siguiente ley, esta compensación se atrasaba un ejercicio y se convertía en una partida más de los Presupuestos Generales, y desde ahí se abonaba a los creadores. Esta condición es la que ha hecho que el Tribunal Supremo junto con el Tribunal de Justicia de la UE hayan considerado que contraviene las normas comunitarias, ya que no garantiza que las contribuciones se realicen exclusivamente por los usuarios de copias privadas, sino que obligan al conjunto de la población a soportar esa carga.
Bajada de recaudación
Uno de los elementos que desató más rabia entre los defensores de los derechos de autor fue que el nuevo canon digital reducía considerablemente los ingresos que luego suponían compensaciones, en muchos casos gestionadas por empresas como Egeda, Dama y Vegap, quienes ya interpusieron un recurso a la ley en 2013. Mientras que la Ley de 2006 llegó a recaudar hasta 115 millones de euros a fecha de su derogación, en 2011, el nuevo canon digital asignaba una cantidad fija de 5 millones de euros anual, cantidad que los representantes de los autores consideraban insuficiente.
Decisión vinculante
Desde que se ha conocido el fallo del Tribunal Supremo, el real decreto ha dejado de tener validez, lo que pone al nuevo gobierno en la tesitura de buscar una medida con urgencia que repare a los creadores, que no pase por los Presupuestos Generales y que se adapte a los nuevos patrones de consumo digital. No es tarea fácil, y menos con un congreso fracturado como el nuestro. Les deseamos buena suerte con ello.