600 euros de multa por no usar el CCO en un e-mail
La diferencia entre poner las direcciones de e-mail en el campo CC o ponerlas en el campo CCO es grande. Si no, que se lo digan a A.G.S., una persona condenada a pagar una multa de 601,01 euros por no poner las direcciones en el campo correcto.
Cuando mandamos un mensaje de correo electrónico a varias personas, podemos poner las direcciones de los destinatarios en dos campos distintos. Uno se llama CC y el otro es CCO. La diferencia es sustancial y conviene aprenderla bien. Si queremos que los demás sepan y vean todas las direcciones de e-mail que reciben ese mensaje, podemos usar el campo CC (siglas de copia de carbón, una expresión que remite a los tiempos de las máquinas de escribir). Pero, por el contrario, si no queremos que cada uno de los destinatarios vea el listado de e-mails que reciben ese mismo mensaje, debemos escribir las direcciones en el campo CCO (siglas de copia de carbón oculta).
Este matiz es vital. Sobre todo porque con la ley de protección de datos en la mano, la diferencia nos puede costar una buena multa. Como le ha pasado a A.G.S. después de mandar un e-mail de publicidad de Vodafone a 42 personas.
Según publica el diario El País, esta persona dejó a la vista de todos los destinatarios del mensaje, las direcciones de e-mail de las 42 personas que recibieron el mensaje. Es decir, que puso los e-mails en el campo CC, en lugar de utilizar el campo CCO. Uno de los afectados, denunció a esta persona ante la Agencia Española de Protección de Datos.
La sentencia de la AEPD asegura que se ha incumplido el artículo 10 de la LOPD, la ley que regula el uso de los datos personales por parte de las empresas. Y es que la dirección de correo electrónico es desde hace unos años un dato personal y privado. Que, por lo tanto, no debe utilizarse sin autorización del propietario. Ni hacerlo público a la vista de otros.
Via El País
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No usar CCO en los emails puede salir muy caro…
Así lo confirma la sentencia de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que obliga a Doña A.G.S.a pagar 600 euros por mandar un mensaje promocional a 42 personas sin usarlo.
Uno de los receptores del mensaje denun…
Trackback by elSingular — 27 Febrero 2007 @ 2:54 am
[...] Otro de los problemas de confidencialidad lo encontramos en la difusión de las direcciónes de e-mail. Recientemente hemos visto dos casos paradigmáticos. El primero proviniente de la empresa organizadora de un congreso en el BEC, que por error difundió las direcciones de e-mail de los asistentes, además de sus claves de acceso a las páginas internas. El segundo proviniente de una institución foral que en una nota aclaratoria sobre una licitación difundió entre todos los interesados las direcciones de correo del resto. Con la ley en la mano esto puede ser constitutivo de delito como se comenta en este artículo sobre una reciente sentencia judicial en España de Tu experto. Para más información sobre temas legales es también muy interesante la página de Samuel Parra. [...]
Pingback by El Ojo en la Red » Archivo del weblog » Confidencialidad de los e-mails — 11 Abril 2007 @ 11:22 am
[...] como la gente no utiliza CCO (Copia Carbón Oculta) para el envío de sus mensajes de correo… Si eres empresa que sepas que ya existen antecedentes por esta práctica con pequeñas sanciones a t… (del orden de 600€), al entender que estaban desvelando datos personales (si eres un usuario [...]
Pingback by Cosas de la brecha digital at Miguel Galve: Consultor de Marketing online, Zaragoza, publicidad en Internet, Posicionamiento web en Buscadores, Diseño de paginas web — 17 Octubre 2007 @ 11:08 pm